Nuevas reglas en Campezo para financiar los gastos y fiestas locales
Las juntas administrativas del municipio ya conocen los requisitos y el sistema de reparto para acceder a las ayudas de este año, incluyendo una revisión previa sobre igualdad.
Los presidentes de las juntas administrativas de Campezo ya tienen sobre la mesa las condiciones definitivas para solicitar las subvenciones destinadas a cubrir los gastos generales y de fiestas locales. Tras la aprobación en pleno y la publicación en el BOTHA, el texto entra en vigor para regir la gestión de estos fondos municipales en el presente ejercicio.
Datos clave
- Reparto Fondos
- 60% lineal entre juntas y 40% según población a fecha de 1 de enero
- Anticipo
- Hasta el 40% de la cuantía concedida, con abono en 30 días
- Plazo Subsanación
- 10 días improrrogables ante defectos en la documentación
- Plazo Resolución
- 1 mes por parte del Ayuntamiento
- Requisito Fiestas
- Presentar programas para revisión previa de Igualdad
El sistema de reparto mantiene una estructura clara para el dinero destinado a los pueblos del término municipal. Por norma general, el 60 por ciento de la cuantía se distribuirá de forma lineal entre todas las juntas beneficiarias, mientras que el 40 por ciento restante se calculará en función de la población de cada núcleo, tomando como referencia el censo a fecha de 1 de enero.
Para acceder a estas ayudas, las entidades deberán presentar la solicitud junto a las cuentas auditadas del ejercicio anterior, facturas detalladas y las declaraciones juradas pertinentes. Un detalle importante es que, para los gastos relacionados con las fiestas locales, será obligatorio presentar con carácter previo los programas o folletos, permitiendo así que la técnica de Igualdad compruebe que el lenguaje e imágenes empleados cumplen con la normativa de igualdad.
La tramitación incluye la posibilidad de solicitar un anticipo de hasta el 40 por ciento de la cuantía concedida, que el Ayuntamiento abonaría en un plazo máximo de 30 días. Para el 60 por ciento restante, las entidades deberán presentar la justificación total de los gastos, con una excepción particular: la Junta Administrativa de Antoñana seguirá el procedimiento fijado en su convenio específico.
Es fundamental recordar que las solicitudes deben estar impecables, ya que cualquier defecto en la documentación requerida abrirá un plazo improrrogable de 10 días para su subsanación, bajo apercibimiento de desistimiento. Las facturas aportadas deberán estar datadas durante el año de concesión y cumplir estrictamente con los requisitos fiscales, incluyendo las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas cuando sea necesario.
El Ayuntamiento de Campezo dispone de un mes para resolver cada solicitud, y el silencio administrativo tras ese periodo tendrá efectos desestimatorios. Cualquier duda sobre la aplicación de estas bases o la gestión de los fondos será resuelta directamente por el consistorio, que mantiene el control financiero de todas las aportaciones.
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