Zalduondo aprueba el reglamento de sus viviendas para mayores
Zalduondo regula las condiciones de acceso, convivencia y régimen económico para el uso de viviendas comunitarias y atención diurna. Conoce el baremo de puntos y las normas que rigen el día a día de este servicio.
Zalduondo estrena reglamento definitivo para el servicio de alojamiento, atención diurna y servicios complementarios para personas mayores. El texto regula desde los criterios de acceso para los vecinos en situación de dependencia de Grado I hasta las normas de convivencia en la vivienda comunitaria.
Datos clave
- Entrada en vigor
- 1 de enero de 2026
- Ámbito
- Personas mayores con dependencia Grado I
- Multa máxima
- 1.500 € (infracciones muy graves)
- Respiro anual
- 45 días naturales
El documento establece un baremo detallado que puntúa hasta 100 puntos el acceso a una plaza. Se prioriza según el grado de dependencia (hasta 60 puntos), la situación económica, las condiciones de habitabilidad de la vivienda actual y el nivel de aislamiento social, entre otros factores. Por ejemplo, contar con una capacidad económica mensual inferior a 500 euros otorga 12 puntos en el baremo de situación económica.
El reglamento incluye servicios específicos de respiro, permitiendo un acceso temporal de hasta 45 días naturales al año. También define un periodo de adaptación obligatorio de tres meses para los nuevos usuarios, durante el cual se garantiza el apoyo técnico necesario para facilitar su integración.
Las normas de funcionamiento interno son minuciosas: desde la prohibición de cocinar en las habitaciones por seguridad hasta el derecho de los usuarios a decorar su espacio personal o recibir visitas con total privacidad. El personal tiene la obligación de portar una identificación nominal visible.
El texto también detalla el régimen sancionador, que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Las multas pueden oscilar entre los 200 euros para las infracciones leves hasta los 1.500 euros en el caso de las muy graves, como agresiones o malos tratos, además de posibles medidas complementarias como el traslado de oficio.
La norma entró en vigor el 1 de enero de 2026.
Las dudas se resuelven consultando al personal de servicios sociales.
El reglamento es de obligado cumplimiento.
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