Tasas de terrazas en l'Alfàs del Pi: el pago del segundo trimestre
Los hosteleros de l'Alfàs del Pi tienen hasta finales de julio para abonar la tasa por mesas y sillas del segundo trimestre. Te contamos cómo pagar y qué hacer si no te ha llegado el recibo.
Si gestionas un bar o cafetería en l'Alfàs del Pi con terraza en la calle, ya tienes sobre la mesa la liquidación de la tasa correspondiente al segundo trimestre de 2026. El Ayuntamiento ha aprobado el padrón definitivo de este impuesto por ocupación de vía pública, marcando el calendario para ponerse al día.
Datos clave
- Plazo solicitud
- Hasta el 31 de julio de 2026
- Exposición pública
- 15 días desde el 9 de julio
- Entidades bancarias
- BBVA, Sabadell, Caixa Rural, Caixabank
- Recurso
- Reposición (1 mes) o contencioso (2 meses)
El plazo para el pago voluntario está abierto y termina el 31 de julio de 2026. Es una fecha inamovible para quienes no tienen el recibo domiciliado y deben acudir a las entidades bancarias colaboradoras.
Los bancos habilitados para el ingreso son BBVA, Eurocajarural, Banco de Sabadell, Caixa Rural d'Altea y Caixabank. Si no has recibido la carta de pago en tu local o se ha extraviado, no esperes al último día: puedes solicitar un duplicado en las oficinas municipales situadas en la calle Federico García Lorca.
La norma es clara respecto a los retrasos. Una vez finalizado el periodo voluntario, las cantidades pendientes entrarán en vía de apremio, lo que conlleva los recargos previstos en la normativa tributaria vigente.
El padrón estará expuesto al público en el departamento de Gestión Tributaria durante 15 días hábiles a contar desde hoy. Este es el periodo para revisar que la liquidación se ajusta a la realidad de tu terraza y, si fuera necesario, presentar alguna reclamación.
Si decides que es momento de simplificar la gestión futura, el Ayuntamiento recomienda encarecidamente domiciliar los pagos. Evita sorpresas.
Las reclamaciones no detienen el reloj del pago voluntario. Si tras la revisión de los datos decides impugnar la resolución, tienes un mes para interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, o dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa ante los juzgados de Alicante.
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