Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi·Boletín Bien de la Provincia de Alicante,

Tasas de terrazas en L'Alfàs del Pi: el calendario de pago de 2026

Los hosteleros de L'Alfàs del Pi ya tienen fijado el calendario para abonar la ocupación de vía pública de este trimestre. El Ayuntamiento marca el 30 de octubre como fecha límite para el pago voluntario.

Si tienes un negocio de hostelería en L'Alfàs del Pi con terraza en la calle, ya puedes consultar el padrón y la liquidación definitiva correspondiente al tercer trimestre de 2026. El Ayuntamiento ha hecho pública la lista que recoge las tasas por ocupación de vía pública con mesas y sillas tras el acuerdo de la Junta de Gobierno del pasado 1 de septiembre.

Datos clave

Plazo de pago
Hasta el 30 de octubre de 2026
Exposición pública
15 días desde la publicación
Dónde pagar
BBVA, Sabadell, Caixa Rural, Caixabank

El periodo de pago voluntario está abierto y se extiende hasta el próximo 30 de octubre de 2026. Si tienes el recibo domiciliado, el cargo se realizará automáticamente, pero si no es tu caso, puedes abonar el importe en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras: BBVA, Eurocajarural, Banco de Sabadell, Caixa Rural D'Altea o Caixabank.

En caso de que no hayas recibido el documento de cobro en tu domicilio o se te haya extraviado, puedes solicitar un duplicado directamente en las oficinas municipales situadas en la calle Federico García Lorca. Recuerda que, una vez finalizado el plazo voluntario, cualquier deuda pendiente pasará a exigirse mediante el procedimiento administrativo de apremio.

Si necesitas revisar los detalles del padrón para presentar alguna reclamación, el documento se encuentra expuesto en el departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento durante quince días hábiles a contar desde la publicación del anuncio. Es el momento de verificar que las cuotas reflejadas se ajustan a la realidad de tu ocupación de suelo público.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien acudir directamente a la vía contencioso-administrativa ante los tribunales de Alicante en un periodo máximo de dos meses. En el Ayuntamiento recomiendan domiciliar los futuros pagos para evitar olvidos o problemas con la recepción de los recibos.

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