Padrón del mercadillo de Almoradí: los plazos para el 3º trimestre 2026
Los titulares de puestos en el mercadillo de Almoradí ya tienen a su disposición el padrón del tercer trimestre de 2026. Te explicamos los plazos de pago y el margen para posibles alegaciones.
Si tienes un puesto en el mercadillo de Almoradí, ya tienes sobre la mesa el padrón fiscal que corresponde al tercer trimestre de 2026. El Ayuntamiento ha formalizado la aprobación de las liquidaciones de esta tasa, un trámite recurrente pero esencial para quienes ocupan la vía pública cada semana.
Datos clave
- Exposición pública
- 20 días desde el 1 de agosto de 2026
- Pago voluntario
- 15 primeros días del trimestre
- Recurso
- 1 mes tras exposición pública
- Dónde pagar
- Entidades bancarias de Almoradí
- Horario oficina
- 9:00 a 14:00 en Tesorería
Todo está en orden.
El padrón completo, con todas sus liquidaciones, está expuesto al público durante un plazo de 20 días hábiles. Puedes consultarlo en las dependencias municipales o directamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almoradí. Es el momento de verificar que tus datos y las cuotas asignadas son correctos antes de que el proceso avance.
El periodo de pago en voluntaria es un margen corto, marcado para los 15 primeros días del trimestre. Si tienes el pago domiciliado, el trámite se realiza automáticamente, pero si no es así, recuerda que debes realizar el ingreso en las entidades bancarias de la localidad con el aviso correspondiente.
¿No te ha llegado el aviso a casa? No te preocupes, no eres el primero. Puedes solicitar un duplicado en la oficina de recaudación municipal, abierta de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, donde te darán el documento necesario para cumplir con el pago.
Si consideras que la liquidación no se ajusta a lo que debería, el recurso de reposición ante la Alcaldía es la vía. Tienes un mes de plazo para presentarlo, que empieza a contar justo al día siguiente de que finalice el periodo de exposición pública mencionado al principio.
Ten cuidado con los tiempos.
Si el periodo de ingreso voluntario termina sin que hayas satisfecho la deuda, el Ayuntamiento dará paso al periodo ejecutivo. A partir de ese momento, la situación cambia y se aplicarán los intereses de demora, los recargos correspondientes y, si fuera necesario, las costas del procedimiento de apremio. Es mejor evitar ese escenario innecesario.
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