Ayudas de hasta 200 € en Benissa para pagar el IBI en 2026
Ver las 59 ayudas abiertas en la Provincia de Alicante →El Ayuntamiento de Benissa pone en marcha una subvención directa para familias con recursos limitados. Si eres propietario de tu vivienda habitual, puedes optar a una ayuda de hasta 200 euros.
Si vives en Benissa y el recibo del IBI te supone un esfuerzo económico notable, el Ayuntamiento acaba de abrir una vía de desahogo. La Junta de Gobierno Local ha aprobado las nuevas bases para solicitar una ayuda directa destinada a cubrir parte de esa carga impositiva en 2026.
Datos clave
- Cuantía
- Máximo 200 € por unidad familiar
- Beneficiario
- Residentes con escasos recursos
- Cómo solicitar
- Sede electrónica del Ayuntamiento
- Requisito ingresos
- Máx. 25.200 € a 33.600 € según unidad
La ayuda máxima por unidad familiar es de 200 euros. Esta cantidad está sujeta a una condición innegociable: en ningún caso la subvención superará el importe total del recibo anual del IBI de tu vivienda habitual.
Para acceder a ella, debes cumplir con requisitos de empadronamiento y titularidad. Es necesario ser el contribuyente del IBI de tu vivienda habitual y estar al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. Si has domiciliado el recibo y pagado al menos tres de los cuatro plazos, ya tienes este paso cubierto.
El acceso a esta ayuda depende de tus ingresos familiares. Los límites se calculan según el IPREM de 2025: hasta 25.200 euros anuales para unidades de una a dos personas, 29.400 euros para familias de tres o cuatro miembros, y hasta 33.600 euros si sois más de cuatro. Para familias numerosas o monoparentales, estos umbrales se incrementan en medio punto del IPREM.
El patrimonio también importa. El valor catastral conjunto de tus inmuebles no debe superar los 75.000 euros, salvo que tu vivienda habitual cuente con protección pública. Además, no debes ser titular de más inmuebles urbanos que una plaza de garaje y un trastero en el municipio, a menos que tu participación en otros bienes no sume más del 40 por ciento.
La documentación se entregará mediante el modelo normalizado (el anexo I de las bases) a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o en el Registro de Entrada. Recuerda que, si el papeleo llega incompleto, tendrás diez días hábiles para subsanar errores antes de que se considere que desistes de tu solicitud.
La resolución será competencia de la Junta de Gobierno Local, que contará con los Servicios Sociales para verificar los expedientes. Si recibes luz verde, el ingreso se hará mediante transferencia bancaria. Si tu situación financiera cambia o dejas de cumplir los requisitos, el derecho a la ayuda se pierde.
Los papeles mandan.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.