Ayuntamiento de Busot·Boletín Bien de la Provincia de Alicante,

Busot estrena nuevas tasas para terrazas y puestos en la calle

Hosteleros y feriantes de Busot tienen nuevas tarifas para la ocupación de la vía pública. El Ayuntamiento ha actualizado el cuadro de precios, que ya es definitivo tras su publicación oficial.

Hosteleros y comerciantes de Busot tienen desde esta semana una nueva normativa que regula cuánto pagan por ocupar la calle con sus terrazas o puestos. El Ayuntamiento ha publicado la modificación definitiva de su ordenanza fiscal, que actualiza las tarifas vigentes desde 2020 para mesas, sillas y otras estructuras con fines lucrativos en el dominio público.

Datos clave

Tasa por velador
2,00 € - 5,00 € al mes
Ocupación festiva
2,00 € por metro lineal al día
Bonificación
50% para entidades sin ánimo de lucro

El sistema de tarifas se organiza según el tiempo de ocupación y el número de veladores. Por ejemplo, los establecimientos que operan por temporada, entendida esta como un periodo de cuatro meses, pagarán entre 4,00 € y 5,00 € por velador al mes, dependiendo de si su terraza es pequeña (hasta diez mesas) o de gran tamaño (más de veinte).

Las licencias anuales fijan un coste de 2,00 € por velador al mes, mientras que las ocupaciones esporádicas durante festividades se gravan a 2,00 € por velador extra diario. El Ayuntamiento también ha ajustado los precios para puestos, barracas y atracciones: 10,00 € por metro lineal en eventos especiales como la Noche de las Velas y 2,00 € por metro lineal durante las Fiestas Patronales o de Moros y Cristianos.

La gestión del tributo sigue siendo rigurosa. Una vez presentada la solicitud, la Policía Local inspeccionará el establecimiento para verificar que lo declarado se ajusta a la realidad. Si el informe es favorable, se emitirá la liquidación para su pago en la Tesorería Municipal. Si la inspección encuentra deficiencias, el interesado deberá subsanarlas antes de poder retirar su autorización.

La normativa incluye una opción de ahorro para asociaciones locales sin ánimo de lucro, que podrán solicitar una bonificación del 50 por 100 sobre la tarifa aplicable. La petición debe ser expresa y estar acompañada de la documentación acreditativa correspondiente para que la Junta de Gobierno Local pueda darle el visto bueno.

Todo está en vigor. El pago es obligatorio al solicitar la licencia.

El cese de actividad no permite recuperar el dinero ya pagado, salvo que la ocupación no llegue a producirse por causas ajenas al hostelero. En caso de que la instalación dañe el mobiliario urbano, el titular deberá costear íntegramente la reparación, y el Ayuntamiento no podrá condonar esta obligación bajo ninguna circunstancia.

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