Ayuntamiento de Calp·Boletín Bien de la Provincia de Alicante,

Ayudas energéticas en Calp: hasta 4.000 euros para pymes y autónomos

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El Ayuntamiento de Calp aprueba las bases para subvencionar los costes energéticos de negocios locales. Hasta 4.000 euros por solicitante para cubrir gastos de luz, gas y carburantes.

El tejido empresarial de Calp tiene luz verde para solicitar una inyección económica con la que paliar los costes de la crisis energética. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente las bases que regularán estas ayudas, diseñadas para pymes, micropymes, autónomos y profesionales del municipio. Los trámites han superado el periodo de exposición pública sin reclamaciones, por lo que el texto ya es firme.

Datos clave

Cuantía
Hasta 4.000,00 € por solicitante
Beneficiario
Pymes, micropymes, autónomos y profesionales
Gastos cubiertos
Hasta 50% en luz, gas y carburantes
Requisito clave
Domicilio fiscal en Calp

El importe máximo que cada solicitante podrá percibir asciende a 4.000,00 euros. Esta cifra cubrirá hasta el 50 por ciento de los gastos corrientes realizados, tales como el consumo de energía eléctrica, gas y carburantes, siempre que estén debidamente justificados mediante facturas que cumplan con la normativa fiscal vigente.

Para ser beneficiario, es indispensable tener el domicilio fiscal en Calp y estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el propio Ayuntamiento. Las entidades del sector público, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro han quedado expresamente excluidas del programa.

El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva. Si el número de solicitudes supera la dotación presupuestaria disponible, el Ayuntamiento aplicará un prorrateo entre los beneficiarios admitidos, evitando así el sistema de orden de prelación tradicional.

La solicitud deberá presentarse de forma exclusivamente electrónica a través de la sede municipal, una vez se publique la convocatoria específica. Es vital presentar toda la documentación justificativa del gasto y el pago en el mismo momento de la solicitud, ya que no se admiten pagos en efectivo ni recibos simples.

La transparencia es un pilar de esta convocatoria. Aquellos beneficiarios que reciban más de 50.000 euros en ayudas públicas, o cuyo 40 por ciento de ingresos anuales dependa de subvenciones (con un mínimo de 5.000 euros), deberán publicar la información en su web o en el portal habilitado por la Generalitat.

El compromiso de actividad es firme. El beneficiario debe mantener su actividad económica durante al menos seis meses desde que se publique la resolución de concesión, so pena de tener que devolver los fondos recibidos.

Si necesitas revisar los detalles técnicos, las bases ya están vigentes y son el marco donde se decidirá quién recibe qué. Los plazos, una vez se lance la convocatoria, serán los que dicten el ritmo para los autónomos y empresas locales. Todo se mueve en los despachos.

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