Carrera profesional para el personal del Ayuntamiento de Calp
El Ayuntamiento de Calp estrena su nuevo sistema de carrera horizontal para empleados públicos. Te detallamos cómo funciona la progresión por grados y los complementos salariales asociados.
El personal municipal de Calp tiene desde esta semana un nuevo escenario para su desarrollo profesional. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva el reglamento que articula la carrera horizontal, un sistema que busca reconocer la trayectoria y el esfuerzo del trabajador sin necesidad de cambiar su puesto de trabajo.
Datos clave
- Plazo
- 1 mes para acogerse a transitoria
- Beneficiario
- Personal funcionario y laboral
- Cuantía
- Hasta 11.884,79 €/año según grupo
- En vigor
- 15 días hábiles tras publicación
Todo empleado público, sea funcionario de carrera, interino o laboral, se adhiere de forma automática al sistema desde su toma de posesión o firma del contrato. La progresión, que se articula en cuatro grados (del I al IV), se basa en criterios objetivos de formación, desempeño y participación en proyectos, y el derecho a percibir el complemento económico asociado se retrotrae a los efectos del 26 de marzo de 2024.
El sistema requiere una permanencia mínima de 5 años para acceder a cada nuevo grado. Las herramientas para medir los méritos incluyen baremos detallados, desde la formación continua hasta la calidad en las relaciones humanas entre superiores y subordinados, con puntos asignados a cada desempeño.
La evaluación es anual y los resultados finales deberán emitirse antes del 1 de marzo de cada ejercicio. El nuevo reglamento no solo premia la antigüedad, sino que exige una implicación activa: los grados son irreversibles, salvo por sanción disciplinaria o evaluación negativa.
El complemento económico anual varía según el grupo profesional. Para el personal del Grupo A1, los pagos oscilan entre 2.971,45 € anuales en el Grado I y 11.884,79 € en el Grado IV. En el extremo opuesto, el personal de Agrupaciones Profesionales recibirá entre 1.136,37 € y 4.543,87 €.
La norma excluye expresamente a los miembros de la corporación, al personal eventual, a los estudiantes en prácticas y a quienes presten servicios mediante programas subvencionados de fomento del empleo. La gestión y seguimiento del sistema recaerá en una Comisión paritaria formada por representantes sindicales y de la propia administración local.
El personal ya en activo cuenta con un plazo de un mes desde esta publicación oficial para acogerse a los términos de la disposición transitoria. Si eres trabajador municipal, revisa tu situación.
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