Ayuntamiento de Guardamar del Segura·Boletín Bien de la Provincia de Alicante,

Ayudas al comedor escolar en Guardamar del Segura: hasta 60 euros

Plazo de solicitudCerrado el 21 de agosto de 2026
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El Ayuntamiento de Guardamar del Segura destina 4.000 € a subvencionar el comedor escolar de la E.I.M. L'Escoleta. Te contamos quién puede pedir la ayuda y los plazos.

Las familias que han utilizado el servicio de comedor de la E.I.M. L'Escoleta durante el curso 2025/2026 tienen a partir de esta semana una nueva línea de ayudas municipales sobre la mesa. El Ayuntamiento de Guardamar del Segura ha dado luz verde a una convocatoria dotada con 4.000 € para sufragar estos gastos, una cifra que podrá ajustarse individualmente según el número de solicitantes que cumplan los requisitos.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 21 de agosto de 2026
Cuantía
Hasta 60 € base más complementos
Beneficiario
Usuarios de comedor en E.I.M. L'Escoleta
Cómo solicitar
Sede electrónica de Guardamar

El sistema de reparto funciona por concurrencia competitiva y premia la renta per cápita de la unidad familiar. Las familias con ingresos anuales por miembro iguales o inferiores a 5.178,60 € recibirán 60,00 €, mientras que aquellas con rentas situadas entre esa cifra y los 7.250,05 € obtendrán 45,00 €. Quienes superen este último límite quedan excluidos de la ayuda.

Existen complementos por condiciones especiales que se suman a la cantidad base siempre que se cumpla el criterio de ingresos. Las familias numerosas, así como los hogares con algún miembro con discapacidad, recibirán 15,00 € adicionales. Las familias monoparentales también cuentan con un plus de 15,00 €, mientras que aquellas que acrediten una situación de riesgo o exclusión social mediante informe de los servicios sociales percibirán 30,00 € más.

La tramitación se realiza exclusivamente por vía electrónica a través de la sede del Ayuntamiento de Guardamar. Es obligatorio presentar el impreso de solicitud y los anexos correspondientes, incluyendo las declaraciones responsables de ambos progenitores sobre la situación tributaria y de seguridad social.

El procedimiento incluye una fase de subsanación de diez días hábiles si la documentación inicial fuera incompleta. Una vez baremadas todas las peticiones, se publicará una resolución provisional que dará lugar a un nuevo plazo de diez días hábiles para presentar posibles alegaciones antes del veredicto final.

Todo. El proceso es riguroso.

La justificación de la ayuda es automática si se cumplen los requisitos de la base cuarta, por lo que no es necesario presentar facturas adicionales tras la concesión. El abono se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada en la solicitud.

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