Ayuntamiento de San Miguel de Salinas·Boletín Bien de la Provincia de Alicante,

San Miguel de Salinas estrena su nueva ordenanza de mercadillos

San Miguel de Salinas aprueba definitivamente su nueva ordenanza de venta no sedentaria. El texto regula desde los mercadillos semanales hasta las sanciones por incumplir las normas de higiene y limpieza.

San Miguel de Salinas estrena normas para sus mercadillos. Tras la aprobación definitiva publicada en el boletín provincial, la nueva ordenanza de venta no sedentaria ya es oficial, poniendo orden tanto en los puestos que se instalan cada semana como en los que aparecen puntualmente en fiestas o eventos.

Datos clave

Horario semanal
09:00 a 14:00 (miércoles)
Multas leves
150 € a 750 €
Multas muy graves
1.500,01 € a 3.000 €
Vigencia licencia
15 años

La venta no sedentaria es tradición, pero el Ayuntamiento quiere profesionalizarla. La nueva normativa fija reglas claras para quienes ocupan la vía pública: desde la obligatoriedad de exponer el carnet de comerciante en lugar visible hasta el deber de dejar el puesto limpio de residuos al cerrar. Quien descuide la higiene o no respete los horarios autorizados se expone a sanciones que escalan desde los 150 euros para las faltas leves hasta los 3.000 para las muy graves.

El mercadillo semanal de los miércoles, que recorre calles como Juan XXIII, El Calvario y la Avenida del Prado, también ajusta su funcionamiento. Los vendedores deberán estar instalados a partir de las 07:00 horas, teniendo las 08:00 como hora límite de acceso. El horario de atención al público se mantiene de forma general entre las 09:00 y las 14:00 horas, con ligeros ajustes según la temporada.

Las nuevas licencias para mercadillos periódicos tendrán una vigencia de 15 años, un horizonte temporal que busca dar estabilidad al sector. Eso sí, los vendedores deberán estar siempre al día con la Hacienda municipal y contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles riesgos de su actividad comercial.

La norma prohíbe taxativamente la venta de productos frescos como carnes, embutidos, pescados, lácteos o huevos en los puestos convencionales. Solo se permitirán en vehículos-tienda que garanticen la salubridad de los alimentos. También se acabó la megafonía estridente: el ruido deberá ajustarse a los límites legales para no molestar al vecindario.

Si te encuentras en el listado de suplentes, la nueva ordenanza te facilita el camino. Podrás participar en futuras convocatorias sin entregar toda la documentación de nuevo si no han pasado más de dos años, manteniendo tu puntuación anterior. El Ayuntamiento ya ha derogado el texto de 2013 para abrir esta nueva etapa.

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