Nuevo reglamento del servicio de ayuda a domicilio en Santa Pola
El Ayuntamiento de Santa Pola estrena reglamento para su Servicio de Ayuda a Domicilio. Te detallamos el baremo de 13 puntos para acceder y las obligaciones que implica.
Si vives en Santa Pola y necesitas apoyo en casa, el Ayuntamiento acaba de actualizar las reglas del juego. El pleno municipal ha aprobado el nuevo reglamento que ordena el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), el sistema que presta desde cuidados personales hasta tareas domésticas a personas dependientes o familias en situación de vulnerabilidad. El documento, ya oficial, busca homogeneizar cómo se accede a estas prestaciones básicas y qué exigencias recaen sobre el usuario.
Datos clave
- Puntuación mínima
- 13 puntos
- Plazo reclamaciones
- 30 días desde el 5 de octubre de 2026
- Plazo subsanación
- 10 días
- Intensidad máxima
- 3 horas diarias de lunes a viernes
El acceso se articula a través de tres vías bien diferenciadas: el procedimiento directo (para personas con dependencia reconocida por la Consellería), el ordinario (a instancia de parte o de oficio) y el de urgencia, pensado para situaciones sobrevenidas como un accidente o una incapacidad repentina del cuidador principal. Para las solicitudes ordinarias, el equipo de servicios sociales realizará una valoración técnica mediante una visita domiciliaria y un baremo específico.
Este baremo, que sirve para decidir quién accede y qué prioridad tiene, suma puntos según la autonomía personal, la situación sociofamiliar y los recursos económicos. La cifra mágica para ser considerado apto es 13 puntos. Si la puntuación del solicitante alcanza ese umbral, el servicio podrá ser aprobado; si no, la solicitud será desestimada.
La documentación exigida es extensa. Los servicios sociales pedirán, entre otros, DNI, libro de familia, certificado de discapacidad, informes médicos y, fundamentalmente, la declaración de la renta y certificados de bienes catastrales de todos los miembros de la unidad de convivencia. Los justificantes bancarios de los últimos tres meses también forman parte del expediente.
Una vez iniciada la tramitación, el reglamento marca tiempos estrictos. Si falta algún documento o requisito, tendrás diez días hábiles para subsanar la omisión. Si decides no hacerlo, se te dará por desistido y el archivo del expediente será automático.
El seguimiento será constante. Los trabajadores sociales evaluarán periódicamente la evolución de cada caso para ajustar la intensidad del servicio. Este puede ser modificado por una mejora o un empeoramiento en las condiciones personales de la persona atendida, algo que tanto el usuario como el técnico pueden proponer.
El régimen sancionador también queda por escrito. Las faltas se gradúan de leves a muy graves, incluyendo situaciones como el trato irrespetuoso al personal o la ocultación de datos relevantes. Las infracciones muy graves, como el trato discriminatorio o ausencias reiteradas sin aviso, pueden derivar en la baja definitiva del servicio.
La norma ya está publicada. El texto completo con los baremos y modelos está a disposición de los interesados para posibles reclamaciones o sugerencias durante el próximo mes.
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