Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural·Boletín Bien de Andalucía,

Dos expedientes sancionadores pendientes de notificación en Córdoba

La Delegación de Agricultura en Córdoba busca a dos personas para notificarles sus expedientes sancionadores tras varios intentos fallidos. Conoce los pasos para comparecer.

La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Córdoba ha publicado un nuevo aviso para localizar a dos interesados en procedimientos sancionadores cuyas notificaciones anteriores han resultado fallidas. Ambos casos requieren ahora una comparecencia presencial para que los afectados puedan conocer el contenido de sus expedientes.

Datos clave

Plazo
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Qué hacer
Comparecer presencialmente previa cita
Dónde
Calle Tomás de Aquino, s/n, 5ª planta, Córdoba
Contacto
957 001 000 o [email protected]
Recurso
1 mes para recurso de alzada en el expediente CO/0511/25

El primer caso se refiere al procedimiento sancionador CO/0534/25. El objeto de esta notificación es un cambio en la responsabilidad de la instrucción del proceso, además de un trámite de audiencia fechado el 12 de junio de 2026.

El segundo expediente, identificado como CO/0511/25, se refiere a una resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera del 6 de mayo de 2026, junto con dos modelos de gestión asociados.

Las comparecencias deben realizarse en la sede de la Delegación, situada en la calle Tomás de Aquino, sin número, en la quinta planta. El horario de atención es de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.

Es obligatorio pedir cita previa antes de acudir. Puedes hacerlo llamando al 957 001 000 o enviando un correo a [email protected].

El plazo para presentarse es de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Si no acudes, la ley entiende que la notificación se ha producido de todos modos.

Una vez notificados, los interesados dispondrán de diez días hábiles para presentar las alegaciones que consideren oportunas sobre el acto administrativo en cuestión. En el segundo caso, el de la resolución de mayo, también se abre la vía para interponer recurso de alzada en el plazo de un mes.

La administración debe cumplir el trámite.

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