Economía, Hacienda y Fondos Europeos·Boletín Bien de Andalucía,

Luz verde a la infraestructura eléctrica de HSF El Coronil 2

La Junta autoriza la infraestructura de evacuación para el parque solar de Viga Renew SP3 en El Coronil. El proyecto declara la utilidad pública para facilitar la ocupación de terrenos necesarios para la línea eléctrica.

El parque solar fotovoltaico conocido como HSF El Coronil 2 ya cuenta con luz verde para su infraestructura eléctrica de evacuación. La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos ha resuelto modificar la autorización administrativa previa y de construcción para esta instalación, lo que incluye la declaración en concreto de utilidad pública necesaria para llevar la energía hasta la red.

Datos clave

Recurso
1 mes
Promotor
Viga Renew SP3
Potencia
0,9 megavatios
Línea eléctrica
605 metros a 15 kilovoltios

Esta infraestructura afectará al término municipal de El Coronil, donde se ubica la planta. La resolución permite, en última instancia, el uso de la potestad expropiatoria si no se logran acuerdos voluntarios con los propietarios de los terrenos afectados, aunque la Junta recuerda que el pacto previo es siempre la vía preferente y que la expropiación es un recurso excepcional.

La instalación técnica consiste en 1.680 módulos solares capaces de generar 0,9 megavatios de potencia instalada. Para verter esa energía, el proyecto prevé una línea de media tensión de 15 kilovoltios que suma 605 metros de longitud, combinando tramos subterráneos y un tramo aéreo de casi medio kilómetro.

El promotor del proyecto es la sociedad mercantil Viga Renew SP3. La autorización especifica que, antes de comenzar el vertido, la empresa deberá ajustar sus plazos a la normativa vigente, acreditar la finalización de las obras y obtener la correspondiente acta de puesta en servicio.

El expediente deja claro que esta autorización no exime de cumplir otras normativas, como la urbanística o las autorizaciones ambientales previas necesarias para la obra. Si la empresa no cumple con los condicionantes técnicos establecidos, la administración se reserva el derecho de anular el permiso.

Los interesados en este trámite pueden interponer recursos contra la resolución. Contra la declaración de utilidad pública cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, mientras que contra la autorización de construcción se puede recurrir en alzada ante el Consejero de Industria, Energía y Minas en el mismo plazo.

Todo sigue igual.

La planta operará a 15 kilovoltios.

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