Tasa de máquinas recreativas: las liquidaciones del tercer trimestre
La Agencia Tributaria de Andalucía ha notificado las liquidaciones del tercer trimestre de 2026. Los operadores ya pueden acceder a sus documentos de pago mediante certificado digital.
Si gestionas máquinas recreativas en Andalucía, el boletín de este viernes trae la notificación colectiva que marca el inicio del calendario de pagos para el tercer trimestre. La Agencia Tributaria andaluza ya ha realizado las liquidaciones de oficio correspondientes al periodo entre julio y septiembre de 2026.
Datos clave
- Plazo de pago
- Del 1 al 20 de octubre de 2026
- Método de pago
- Domiciliación bancaria
- Consulta
- Sede electrónica de la Junta
- Recurso
- 1 mes tras finalizar el pago
Todo está ya en la sede electrónica. La Agencia Tributaria ha volcado la información del censo tributario para que las empresas operadoras puedan consultar y descargar sus documentos de pago. La clave es el certificado digital: sin él, no hay acceso a los datos.
El pago no admite despistes. La norma es clara y el ingreso se realiza obligatoriamente mediante domiciliación bancaria. El plazo para que ese dinero se haga efectivo abarca los veinte primeros días naturales del próximo mes de octubre.
La liquidación se ha calculado conforme a la clasificación de las máquinas fijada en la ley autonómica de 1986. No hay sorpresa en la fórmula, pero sí en la obligatoriedad del cumplimiento tras la notificación por edicto.
Si no estás de acuerdo con la cifra, tienes vías de salida. Puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Regional.
El plazo para recurrir es de un mes. Empieza a contar el día siguiente a que finalice el periodo voluntario de pago. No se pueden poner ambos recursos a la vez.
La gestión es digital. Todo el procedimiento de consulta está centralizado en el catálogo de servicios de la Junta, bajo el nombre específico de Tasa Fiscal sobre el Juego. Es un trámite cerrado.
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