Notificaciones de la Junta en Almería para Favour Osedebame y Djiby
La Consejería de Inclusión Social en Almería publica un edicto para localizar a los interesados en dos expedientes de protección de menores ante la imposibilidad de contactarles.
La Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Almería ha emitido dos notificaciones oficiales para informar sobre la ampliación de los plazos en sus respectivos expedientes de protección de menores. Estos anuncios, firmados el 6 de julio de 2026 por el delegado Francisco González Bellido, buscan contactar con las personas interesadas al haber resultado fallidos los intentos previos de notificación en sus domicilios habituales.
Datos clave
- Plazo comparecencia
- 10 días
- Dónde acudir
- Ctra. de Ronda 226, 4ª pta., Almería
- Referencia expedientes
- DPAL 352-2025-00007822-1 y 7809-1
El primer expediente afectado, con referencia DPAL 352-2025-00007822-1, se refiere a Favour Osedebame Ogbeide y Djiby Sall. El segundo caso, bajo el código DPAL 352-2025-00007809-1, está relacionado con Favour Osedebame Ogbeide. Ambos procedimientos de desamparo han requerido una prórroga en los tiempos de resolución administrativa según el acuerdo alcanzado el 1 de junio de 2026.
La administración no ha logrado localizar a los interesados, motivo por el cual recurre a este edicto. Las autoridades señalan que falta documentación de identificación válida en ambos casos. Este procedimiento se ajusta a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Los interesados pueden acudir personalmente a conocer los detalles completos del acuerdo. La oficina de atención está ubicada en el Servicio de Protección de Menores, en la carretera de Ronda, 226, 4ª planta, en la zona conocida como Bola Azul, en la ciudad de Almería.
Hay un plazo de diez días para realizar esta comparecencia. Esta limitación temporal se establece para garantizar el derecho de los implicados a conocer el estado de sus expedientes. No es posible presentar recurso alguno contra este acuerdo de ampliación de plazos.
La protección de la intimidad de los menores impide que el texto íntegro de la resolución se publique de manera abierta. La notificación presencial en las oficinas de la Junta de Andalucía es necesaria para salvaguardar sus derechos inherentes.
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