Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio·Boletín Bien de Andalucía,

Dos propietarios en Moraleda de Zafayona, multados por no demoler

La Dirección General de Ordenación del Territorio notifica nuevas sanciones coercitivas por el incumplimiento de órdenes de derribo en fincas de Moraleda de Zafayona.

Dos propietarios de terrenos en el paraje de Los Tablazos, en Moraleda de Zafayona, se encuentran en una situación compleja ante la Junta de Andalucía. La Dirección General de Ordenación del Territorio ha publicado la notificación oficial de multas coercitivas al no haber logrado localizar a los interesados en sus domicilios conocidos.

Datos clave

Plazo
1 mes desde el día siguiente a la publicación
Qué hacer
Interponer recurso de alzada
Dónde
Calle Pablo Picasso, 6, Sevilla
Motivo
Incumplimiento de órdenes de derribo

Las sanciones llegan por no cumplir con la obligación de demoler construcciones levantadas sin licencia en el polígono 10. La primera persona afectada debe afrontar una segunda multa coercitiva, tras haberse ordenado originalmente la reposición de la realidad física de la parcela KF-8 en octubre de 2022.

El segundo caso afecta a otro titular, quien recibe una tercera multa. En este supuesto, la orden de demolición sobre la parcela KI-3, finca registral 2.523, data de julio de 2022.

El procedimiento de restablecimiento sigue adelante. Las multas coercitivas, según establece la normativa, persiguen precisamente forzar el cumplimiento de una orden urbanística que sigue pendiente de ejecución.

Para conocer el contenido íntegro de las resoluciones dictadas el pasado 13 de febrero, los interesados tienen abiertas las puertas de las dependencias de la Dirección General. Estas se encuentran en Sevilla, concretamente en la calle Pablo Picasso, número 6.

El camino administrativo no termina aquí. Contra estos anuncios cabe interponer recurso de alzada ante la Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio.

El plazo para presentar dicho recurso es de un mes, contando desde el día siguiente a esta notificación en el boletín. Es importante notar que presentar el recurso no paraliza el pago de la multa impuesta ni exime de la obligación de derribar lo edificado sin permiso.

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