El Consejo Consultivo de Andalucía estrena nuevas reglas de funcionamiento
El nuevo reglamento orgánico ajusta el funcionamiento, la paridad y el régimen económico de los miembros del Consejo Consultivo. El texto ya está en vigor.
El Consejo Consultivo de Andalucía renueva sus reglas de funcionamiento interno para alinearse con la normativa andaluza más reciente. El Decreto 509/2026, publicado este martes en el BOJA, modifica el reglamento orgánico del organismo para adaptarlo a la Ley 2/2024, ajustando desde las funciones de su Comisión de Estudios hasta el régimen de abstención de sus miembros.
Datos clave
- Paridad
- Mínimo del 40% de representación por sexo
- Comisión nueva
- Comisión de Estudios y Análisis Normativo
- Provisión provisional
- Mínimo 25 puntos de 50 en concurso
- Entrada en vigor
- 14 de octubre de 2026
La norma introduce cambios significativos en la composición de sus órganos. El nuevo texto exige que tanto la composición como la renovación de los órganos respondan a criterios de paridad, asegurando una representación femenina y masculina de al menos el 40 por ciento. Se excluye de esta regla solo a quienes sean designados en función de un cargo específico.
El régimen económico también sufre ajustes. El derecho a una asignación económica decae si el miembro adquiere la condición de permanente, y se regula el derecho a una compensación por el coste medio del alquiler si el nombramiento obliga al traslado de domicilio a Granada. Esta ayuda será incompatible con la percepción de dietas y asistencias en las sesiones ordinarias.
La nueva redacción detalla cómo se cubrirán las ausencias o vacantes en la Presidencia. El Consejo de Gobierno determinará al sustituto mediante decreto, o en su defecto, recaerá en el consejero electivo de mayor antigüedad o, si hay varios, en el de mayor edad.
Se crea expresamente la Comisión de Estudios y Análisis Normativo. Este órgano asumirá la realización de estudios e informes en asuntos de especial trascendencia, además de recabar información de los sectores afectados por la normativa vigente para elaborar estadísticas y encuestas.
En cuanto a la gestión de personal, las nuevas normas remiten a la Ley de Función Pública de Andalucía. La provisión de puestos con carácter provisional se realizará mediante concurso, exigiendo a los aspirantes un mínimo de 25 puntos sobre un máximo de 50 en la baremación de méritos.
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