Educación·Boletín Bien de Andalucía,

La Escuela Municipal de Danza de San Fernando cierra sus puertas

La Junta de Andalucía ha extinguido la autorización de la escuela de danza de San Fernando. El centro, titularidad del Ayuntamiento, queda sin licencia para impartir clases.

La escuela municipal de danza de San Fernando baja la persiana oficialmente. El Ayuntamiento de la localidad gaditana ha solicitado la extinción de su autorización administrativa de funcionamiento, una petición que la Junta de Andalucía ha formalizado este verano. El centro, ubicado en la calle General García de la Herranz, número 24, deja así de tener licencia para impartir sus enseñanzas elementales de música, movimiento y práctica de danza.

Datos clave

Centro afectado
Escuela municipal de danza (San Fernando)
Estado
Extinción de autorización de apertura
Ubicación
C/ General García de la Herranz, 24

La decisión administrativa se sustenta en el informe favorable del Servicio de Inspección de Educación de Cádiz. Este documento confirma que se cumplen todos los requisitos necesarios para proceder al cierre del centro, que operaba bajo el código 11001105. Es el fin de una etapa para estas instalaciones municipales.

La orden, firmada el 15 de julio de 2026 por la consejera de Educación, María del Carmen Castillo Mena, traslada este cambio al Registro de Centros Docentes. De esta manera, las disposiciones anteriores que permitían su actividad quedan sin efecto legal alguno.

Si en el futuro el Ayuntamiento decidiera apostar por la reapertura de esta escuela o un proyecto similar en el mismo espacio, tendría que tramitar una nueva solicitud desde cero. Cualquier reinicio de la actividad exigiría cumplir de nuevo con todos los requisitos actuales exigidos por la normativa de centros para la enseñanza de danza.

El texto que oficializa este cierre pone fin a la vía administrativa en el ámbito autonómico. Contra esta resolución, los interesados tienen la posibilidad de interponer un recurso de reposición ante la propia Consejería en el plazo de un mes, o bien acudir a la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un máximo de dos meses.

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