Sidifni Camina y el Servicio Andaluz de Empleo, a juicio
El Servicio Andaluz de Empleo debe remitir el expediente de una subvención reclamada a Sidifni Camina tras la apertura de un recurso judicial. Los interesados tienen nueve días para personarse en el proceso.
El Servicio Andaluz de Empleo ha iniciado los trámites para responder ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un litigio que afecta a la entidad Sidifni Camina. El caso, identificado bajo el procedimiento ordinario número 734/2026, nace de una disputa administrativa sobre la devolución de ayudas públicas.
Datos clave
- Plazo
- 9 días para personarse
- Procedimiento
- Ordinario 734/2026
- Conflicto
- Reintegro de subvención SC/ICV/0144/2023
El origen del conflicto reside en una resolución dictada el pasado 7 de julio de 2026. En ella, la Dirección General de Intermediación y Orientación Laboral ordenó el reintegro total de una subvención que había sido concedida previamente, bajo el expediente SC/ICV/0144/2023. La empresa ha optado por recurrir esa decisión por la vía contencioso-administrativa.
Ahora, el tribunal ha solicitado formalmente el expediente administrativo completo para analizar los hechos. La administración tiene un plazo improrrogable de veinte días para remitir toda la documentación técnica y legal a la Sección Primera de la Sala de Sevilla, asegurando así que el proceso judicial siga su curso.
La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo también ha procedido a ordenar el emplazamiento de las partes interesadas. Al no haber sido posible notificar a todos los implicados por las vías habituales, la administración recurre a la publicación oficial para garantizar que nadie quede indefenso en este procedimiento.
La ley obliga a notificar este trámite a quienes tengan interés legítimo en el pleito. El anuncio publicado sirve para que cualquier persona o entidad interesada pueda personarse ante el juzgado y defender su postura como parte demandada en el litigio.
El plazo para personarse es de nueve días. Este contador corre desde que la notificación se hace efectiva mediante su publicación, cumpliendo así con lo establecido en la normativa de procedimiento administrativo común. María Victoria Martín-Lomeña Guerrero, como directora gerente, firma la resolución que activa este mandato judicial.
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