Servicios Sociales, Familias e Igualdad·Boletín Bien de Andalucía,

Andalucía regula los centros de mayores: ratios y nuevos requisitos

La Junta de Andalucía publica una normativa que unifica las condiciones de calidad, ratio de personal y organización de centros. Conoce los plazos de adaptación y el nuevo modelo asistencial.

Andalucía estrena nuevas reglas para el cuidado de sus mayores. La Consejería de Servicios Sociales, Familias e Igualdad ha publicado una orden que define cómo deben ser, funcionar y acreditarse todos los centros dedicados a este sector, desde residencias hasta viviendas tuteladas. El objetivo es dejar atrás una normativa dispersa y consolidar un modelo de atención integral.

Datos clave

En vigor
16 de agosto de 2026
Plazo adaptación
12 meses (funcional) y 24 meses (material)
Ratio personal
Calendario progresivo de 2026 a 2031
Unidades convivencia
Máximo de 25 personas
Viviendas tuteladas
Límite de 10 personas

La norma, que entrará en vigor el próximo 16 de agosto de 2026, marca un antes y un después en la organización de los centros. Las residencias deberán estructurarse preferentemente en unidades de convivencia de un máximo de 25 personas, buscando reproducir un ambiente hogareño. Se introduce la figura del profesional de referencia y se limita el número de personas a las que puede acompañar cada trabajador.

Los centros ya existentes cuentan con plazos para adaptarse a estos cambios. Disponen de 24 meses para adecuar los requisitos materiales, como las condiciones físicas de las instalaciones, y 12 meses para los requisitos funcionales. Respecto a la plantilla, la orden establece un calendario progresivo para el incremento de las ratios de personal en los centros acreditados, que se extenderá desde 2026 hasta 2031.

La nueva regulación también pone el foco en la calidad y la dignidad. Se establece el derecho a una atención libre de sujeciones, permitiendo estas solo de forma excepcional, temporal y bajo prescripción médica, siempre documentada y con consentimiento informado. Además, se definen categorías de personal según su nivel de atención directa y se eliminan las distinciones antiguas entre plazas de personas válidas y asistidas, unificando todo bajo el criterio de atención a la dependencia.

El texto oficial incluye requisitos para nuevos recursos, como los complejos de servicios integrales para mayores de 55 años, y actualiza las exigencias para las viviendas tuteladas, que tendrán un límite de 10 personas. En materia de protección de datos, los centros deberán mantener registros digitales y garantizar la seguridad de la información conforme al reglamento europeo.

El BOJA ha derogado, con esta publicación, las órdenes de 1997, 2000, 2007 y 2019 que regulaban hasta ahora el sector en la comunidad. La nueva norma busca un equilibrio entre la libertad de las empresas y un régimen garantista para un sector que la administración califica de vulnerable.

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