Cabra2: el proyecto eléctrico que obliga a pasar por el ayuntamiento
Los propietarios de fincas en Montilla y Cabra afectados por la reforma de la línea eléctrica Cabra2 tienen cita inminente para el levantamiento de actas previas.
El proyecto de reforma de la línea eléctrica denominada Cabra2 va a alterar la rutina de varios propietarios en Montilla y Cabra durante las próximas semanas. La Junta de Andalucía ha declarado la utilidad pública de esta obra, un paso administrativo que permite a la empresa distribuidora ocupar los terrenos necesarios para renovar los apoyos entre los puntos A531714 y A531668.
Datos clave
- Fecha de cita
- 17 de noviembre de 2026
- Lugar
- Ayuntamiento de Montilla
- Municipios
- Montilla y Cabra
- Recurso reposición
- 1 mes
Todo está en marcha. La autorización administrativa previa ya fue concedida el pasado 31 de agosto, y ahora el expediente se centra en las fincas afectadas por el trazado. No hubo alegaciones durante el periodo de exposición pública, por lo que el proceso avanza directamente hacia la ocupación efectiva de los terrenos.
Los titulares de los bienes afectados deben comparecer en sus respectivos ayuntamientos para el levantamiento de las actas previas. En el caso de Montilla, las citas están programadas para el 17 de noviembre de 2026, comenzando a las 09:00 horas.
El levantamiento de estas actas es un trámite obligatorio. Si algún propietario no puede acudir personalmente, puede enviar a un representante con un poder firmado y los documentos de identidad de ambos. Los herederos deberán presentar la documentación que acredite su condición.
Es importante llevar los documentos originales. Se requiere la nota simple del registro, la escritura pública y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles. Los cónyuges deben comparecer juntos si la propiedad es ganancial.
La empresa beneficiaria tiene ahora luz verde para actuar sobre el terreno. El proyecto contempla tanto la expropiación de pleno dominio para los apoyos como la servidumbre de paso para el vuelo de la línea. Se prohíbe construir o plantar cualquier elemento que supere las distancias de seguridad reglamentarias en la zona afectada.
La ocupación es inminente. El acta previa es el paso necesario para la toma de posesión definitiva de las fincas. Si no se puede realizar el acto por fuerza mayor, se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
Los propietarios descontentos tienen vía libre para recurrir. Existe un plazo de un mes para interponer un recurso de reposición ante la propia Delegación Territorial o dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa. El documento oficial, firmado por el delegado Agustín López Ortiz, pone fin a la vía administrativa.
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