Aragón fija el calendario de cierre para el presupuesto de 2026
El Gobierno de Aragón marca las fechas límite para la tramitación de documentos contables, cierres presupuestarios y la rendición de cuentas del ejercicio 2026.
El cierre del ejercicio presupuestario es un mecanismo de relojería que exige precisión para evitar que los números se desborden al año siguiente. El Gobierno de Aragón ha publicado las instrucciones que marcan el ritmo de las operaciones contables hasta el final de 2026 y la apertura de 2027, un calendario que todos los departamentos y organismos del sector público autonómico deben seguir a rajatabla.
Datos clave
- Documentos A y AD
- 27 de octubre de 2026
- Documentos D
- 18 de noviembre de 2026
- Modificaciones crédito
- 20 de noviembre de 2026
- Documentos fase O
- 30 de diciembre de 2026
- Cierre contable
- 29 de enero de 2027
La norma establece fechas críticas para la entrada de documentación en las intervenciones. Las propuestas contables más básicas, aquellas identificadas como A o AD, tienen de plazo hasta el 27 de octubre. Para las propuestas de tipo D, el límite se desplaza al 18 de noviembre, mientras que los documentos con fase O deberán estar registrados antes del 30 de diciembre.
El control sobre el gasto es riguroso. Los expedientes de modificaciones de crédito deberán presentarse ante la Dirección General de Presupuestos antes del 20 de noviembre de 2026, con excepciones contadas para nóminas o resoluciones judiciales. Por su parte, los compromisos de gastos futuros tienen como fecha tope el 10 de diciembre.
El calendario también contempla situaciones particulares. Los gastos financiados con fondos finalistas disponen de un margen mayor, extendiéndose la entrada de documentos A, D o AD hasta el 11 de diciembre. Los expedientes de tramitación anticipada, mientras tanto, deben estar fiscalizados antes del 27 de noviembre.
El 29 de enero de 2027 marca el fin de la contabilización general para el ejercicio 2026. Los gastos de Seguridad Social tienen una dispensa especial que alarga este periodo hasta el 26 de febrero de 2027. Fuera de estas fechas, el sistema anula de oficio cualquier documento pendiente de registro.
La gestión de ingresos no es una excepción a esta disciplina. Antes del 31 de diciembre de 2026, todos los ingresos recaudados deben estar ingresados en la Tesorería y aplicados al presupuesto. El objetivo es evitar saldos pendientes que obliguen a la Intervención General a solicitar informes de justificación.
La normativa incluye una salvedad para los casos de fuerza mayor. Los expedientes de emergencia, catástrofes naturales o fenómenos meteorológicos adversos quedan excluidos de estos límites temporales, siempre que la excepcionalidad esté debidamente acreditada.
El cierre contable ya ha comenzado.
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