Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros·Boletín Bien de la Provincia de Badajoz,

Jerez de los Caballeros regula el uso policial de táser y cámaras

El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros ha dado luz verde definitiva al reglamento que regirá cómo y cuándo los agentes pueden utilizar pistolas eléctricas y cámaras personales.

La Policía Local de Jerez de los Caballeros contará a partir de ahora con un protocolo oficial para el uso de sus dispositivos táser y cámaras corporales. El Pleno municipal ha aprobado definitivamente el reglamento que regula estas herramientas, tras un periodo de exposición pública en el que no se presentaron reclamaciones. El documento establece reglas estrictas para garantizar que su empleo sea siempre un complemento de fuerza necesario, proporcional y legalmente justificado.

Datos clave

Estado
Aprobación definitiva en vigor
Recurso
Contencioso-administrativo (2 meses)
Dispositivos
Táser 7 y cámaras Axon Body

El texto define el uso del dispositivo eléctrico de control, o DEC, como una medida de letalidad reducida diseñada para incapacitación neuromuscular. Se prohíbe taxativamente su uso en personas especialmente vulnerables, como mujeres embarazadas, niños o ancianos, así como en situaciones de riesgo ambiental, como gasolineras o zonas con posibles escapes de gas. El protocolo es claro: antes de disparar, el agente debe advertir al sujeto, y si la intervención se produce, el individuo detenido deberá recibir asistencia sanitaria obligatoria.

Cada uso del táser genera una huella digital. El sistema registra internamente la fecha, la hora, la temperatura ambiente y el tiempo de descarga. Los instructores del cuerpo realizarán revisiones trimestrales de los dispositivos para verificar el correcto estado de las baterías y comprobar que cada disparo esté respaldado por el informe técnico-operativo correspondiente.

En cuanto a las cámaras corporales, el reglamento especifica que los agentes portarán dispositivos Axon Body. Estas cámaras no cuentan con pantalla frontal, por lo que ni el propio policía ni los ciudadanos pueden visualizar las imágenes en el lugar del incidente. Los datos se mantienen encriptados y protegidos bajo llave digital, garantizando la cadena de custodia necesaria para su uso como prueba ante los juzgados.

El reglamento prohíbe el uso de estas cámaras para realizar controles laborales o disciplinarios dentro del propio cuerpo policial. Tampoco se podrán grabar imágenes en interiores de viviendas sin consentimiento o autorización judicial, salvo en situaciones de flagrante delito. Los dispositivos incluyen una función de sincronización que activa automáticamente las cámaras de otros agentes en un radio de 10 metros cuando un compañero extrae su táser.

La norma entró en vigor tras su publicación en el boletín. El Ayuntamiento subraya que estas herramientas buscan aportar seguridad jurídica tanto a los agentes como a los ciudadanos. El control es total.

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