Ayuntamiento de Medina de las Torres·Boletín Bien de la Provincia de Badajoz,

Ayudas de 20.000 € para las asociaciones de Medina de las Torres

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Medina de las Torres abre su convocatoria anual con un fondo de 20.000 euros para proyectos locales. Si gestionas una entidad, te detallamos los criterios de valoración y el plazo máximo para presentar tu solicitud.

Si formas parte de una asociación en Medina de las Torres, es momento de revisar vuestros proyectos para 2026. El ayuntamiento acaba de convocar las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el plazo para presentar las solicitudes ya está en marcha.

Datos clave

Cierra en 29 días
Plazo
Hasta el 23 de noviembre de 2026
Beneficiario
Asociaciones locales sin ánimo de lucro
Cuantía
Máximo 2.000 € por entidad
Cómo solicitar
Registro electrónico o presencial

El fondo total disponible asciende a 20.000 euros. Esta cantidad se repartirá en régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que no se trata de quién llega primero, sino de quién presenta la propuesta mejor valorada por la comisión. La ayuda máxima por entidad se fija en 2.000 euros, cubriendo hasta el 100 por cien de los gastos subvencionables.

Para ser admitido, tu asociación debe estar inscrita en el registro municipal y tener su actividad principal en el pueblo. Las bases valoran especialmente la trayectoria: tener más de diez años de antigüedad suma los diez puntos máximos en ese apartado, mientras que la colaboración constante con el ayuntamiento en los últimos tres años puede aportar hasta 20 puntos extra.

Los proyectos deberán ser públicos y abiertos a toda la población. No se admitirán gastos de representación, comidas de convivencia, ni compras de bienes inmuebles. El esfuerzo organizativo y la implicación ciudadana son los pilares donde se decide la nota final.

El proceso de evaluación requiere una puntuación mínima de 50 puntos para entrar en el reparto. Si sobra crédito tras la primera asignación, el ayuntamiento podrá distribuirlo proporcionalmente entre el resto de entidades que superen este umbral mínimo.

Los beneficiarios tienen hasta el 31 de enero de 2028 para justificar cada euro recibido. Es un margen amplio que permite cerrar las cuentas con tranquilidad tras finalizar las actividades. Las facturas deben ser claras y estar pagadas preferiblemente mediante transferencia bancaria.

Las solicitudes se pueden registrar a través de la sede electrónica del ayuntamiento o de forma presencial. El plazo de un mes cuenta a partir del día siguiente a la publicación oficial en el boletín. El reloj ya corre. Toca presentar los papeles a tiempo.

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