Ajustes en el Moves III: 14 beneficiarios ven minorada su subvención
La Consejería de Empresa, Autónomos y Energía ha minorado las ayudas de 14 beneficiarios del Plan Moves III 2025 tras la justificación. Los recortes responden a facturas, desguaces y requisitos técnicos.
Catorce beneficiarios del Plan Moves III 2025 en las Illes Balears han visto cómo su subvención se reducía tras la fase de justificación. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formalizado esta resolución definitiva, ajustando los importes inicialmente previstos a la realidad de los gastos acreditados por cada solicitante.
Datos clave
- Recurso
- 1 mes (reposición) / 2 meses (contencioso)
- Qué ha ocurrido
- Minoración de ayudas a 14 beneficiarios
- Causas
- Facturas, desguaces y requisitos técnicos
El grueso de las minoraciones responde a facturas con importes inferiores a los presupuestos presentados inicialmente, afectando a seis de los beneficiarios. En estos casos, la ayuda se reajusta de forma proporcional, resultando en recortes que van desde los 0,28 euros hasta los 2.245,36 euros.
La renuncia al desguace de vehículos antiguos es la segunda causa principal de ajuste. Tres beneficiarios han visto recortada su ayuda en 2.500 euros cada uno al optar finalmente por no realizar el achatarramiento. En otro caso, la minoración de 2.500 euros se deriva de un desfase temporal: la baja del vehículo fue anterior a la factura del nuevo, lo que excluye la ayuda por desguace.
Hay casos técnicos específicos. Un solicitante recibió 2.000 euros menos al verificarse que su vehículo es de categoría M1 y no N1, ajustándose la ayuda a la clase correspondiente. Otro beneficiario afronta una minoración del 10 por ciento por no disponer de la adaptación del vehículo, mientras que otro ve reducida su cuantía en 791,99 euros al declarar un importe inferior a la inversión inicial. Reformas Integrales Marset SLU también ha visto ajustada su ayuda en 1.200 euros.
La resolución ya agota la vía administrativa. Contra este acto, los interesados pueden interponer un recurso de reposición ante el consejero en el plazo de un mes o, directamente, acudir a la vía contencioso-administrativa en los dos meses siguientes a su publicación. El pago se propone ahora sobre las cantidades finalmente validadas.
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