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Ayuntamiento de Artà·Boletín Bien de las Illes Balears,

Ayudas extraordinarias para las asociaciones de Artà con 3.000 euros

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El ayuntamiento destina un fondo de 3.000 euros para cubrir gastos extraordinarios de las asociaciones locales. Te explicamos quién puede pedirlo y cómo se reparte el dinero.

Las entidades sin ánimo de lucro de Artà que hayan tenido que afrontar gastos imprevistos a lo largo de este año están de enhorabuena. El ayuntamiento acaba de publicar una convocatoria de subvenciones extraordinarias con un fondo total de 3.000 euros para ayudar a cubrir estas facturas sobrevenidas.

Datos clave

Cierra en 11 días
Plazo
Hasta el 17 de noviembre de 2026
Cuantía
Fondo total de 3.000 €
Beneficiario
Entidades sin ánimo de lucro de Artà
Cómo solicitar
Registro del ayuntamiento o sede electrónica

Es un fondo modesto, pero el reparto tiene una peculiaridad: se dividirá el total al cien por cien entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos. No hay un tope máximo por entidad, sino un reparto proporcional basado en las peticiones aceptadas.

Para ser elegible, la asociación debe estar censada en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Artà. Además, es indispensable estar al corriente de todas las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Solo se subvencionan gastos extraordinarios ocurridos entre el 18 de noviembre de 2025 y el 17 de noviembre de 2026.

La letra pequeña excluye explícitamente los gastos ordinarios, las multas y cualquier competición deportiva de tipo abierto o torneo open. En el caso de las entidades deportivas, el gasto debe derivar de una competición que requiera una clasificación previa para tener acceso.

Las solicitudes se pueden presentar en la oficina de atención ciudadana de Can Solivelles o en la delegación de la Colonia de Sant Pere. También existe la opción de tramitarlo a través de la sede electrónica del ayuntamiento.

El plazo es corto. Tienes hasta el 17 de noviembre para registrar la solicitud.

La documentación mínima incluye el formulario genérico, el DNI del representante y el CIF de la entidad. Si ya has presentado estos datos en años anteriores y no han cambiado, te ahorras el papeleo.

La comisión evaluadora, presidida por Manuel Galán, tiene dos meses para resolver desde que se cierre el plazo. El silencio administrativo significa que la ayuda ha sido denegada.

El abono del dinero se realizará tras la comprobación de los gastos. Si la ayuda concedida supera los 3.000 euros, será necesario aportar certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

Es una ayuda compatible con otros ingresos públicos o privados, siempre que el total de las subvenciones no supere el coste de la actividad. La transparencia es total.

Cualquier error en la documentación implica diez días de plazo para subsanar deficiencias. Si no se responde en ese periodo, la solicitud queda desestimada.

El ayuntamiento notificará el acuerdo de forma personalizada. La resolución final está en manos de la Junta de Gobierno Local.

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