Bagà·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Bagà estrena ordenanza para regular todas sus subvenciones

El consistorio baganès consolida las reglas para pedir y justificar las ayudas municipales, estableciendo nuevos controles para la transparencia y la fiscalización de los fondos públicos.

El Ayuntamiento de Bagà ha dado luz verde definitiva a su nueva ordenanza reguladora de subvenciones. Tras la aprobación inicial en el pleno del pasado 19 de junio de 2026, el texto ha superado el periodo de exposición pública sin recibir reclamaciones ni alegaciones, permitiendo su entrada en vigor al día siguiente de esta publicación.

Datos clave

Entrada en vigor
21 de octubre de 2026
Recurso
2 meses ante el TSJC

Esta normativa fija las reglas del juego para cualquier ayuda municipal. Se establece la concurrencia competitiva como procedimiento ordinario para el reparto de fondos, reservando la concesión directa solo para casos excepcionales, como las subvenciones nominativas ya previstas en el presupuesto o situaciones de interés público, social o humanitario.

El documento detalla con precisión las obligaciones de quienes reciban una ayuda. El cumplimiento de las finalidades, la justificación de los gastos y el mantenimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social son condiciones innegociables para los beneficiarios.

Las bases reguladoras de cada convocatoria determinarán, de ahora en adelante, la forma de justificación, la posibilidad de pagos anticipados y, si procede, la obligación de incluir el logo del consistorio en los materiales financiados. La ordenanza refuerza el control al exigir que, para subvenciones superiores a 3.000 euros, los beneficiarios no puedan acreditar el estar al corriente con Hacienda mediante una simple declaración responsable.

El texto, firmado por el alcalde Lluís Casas el 8 de octubre de 2026, también regula el régimen de infracciones y sanciones ante posibles incumplimientos, clasificándolas según su gravedad. Contra este acuerdo definitivo, los interesados disponen de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.

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