El TSJC anula el plan urbanístico de Bonaplata 44-52 en Barcelona
Una sentencia firme tumba el acuerdo municipal de 2020 que permitía el proyecto de Bigdal 5000 y fija el límite de las costas procesales para las partes.
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha cerrado un capítulo judicial sobre el urbanismo de la zona alta barcelonesa. La justicia ha dado la razón al recurso presentado contra el acuerdo del Plenari del Consell Municipal de Barcelona del 23 de septiembre de 2020, invalidando así la aprobación definitiva del plan urbanístico que afectaba a la manzana entre los carriles Bonaplata 44-52 y Fontcoberta 16-24.
Datos clave
- Sentencia
- Anulación del acuerdo plenario de 2020
- Proyecto afectado
- PEIMU Bonaplata 44-52 y Fontcoberta 16-24
- Costas procesales
- 3.000 € máximo
La decisión es firme.
El fallo anula de pleno derecho el Plan Especial Integral y de Millora Urbana, conocido por sus siglas PEIMU, que había sido promovido originalmente por la mercantil Bigdal 5000. Tras esta resolución, el planeamiento que buscaba reordenar esa parcela específica queda sin efecto legal.
La sentencia impone además el pago de las costas procesales a la parte demandada y a la codemandada. No obstante, el tribunal ha establecido un tope máximo para estos gastos judiciales, fijando la cifra en 3.000 euros por todos los conceptos.
La Secretaria Delegada d'Urbanisme, Eva Redó i Verdaguer, ha formalizado la publicación oficial de esta parte dispositiva en cumplimiento con la normativa contencioso-administrativa. Con este anuncio, el Ayuntamiento de Barcelona ejecuta el mandato dictado por el tribunal el pasado 23 de mayo de 2024.
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