Cabrera de Mar·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Cabrera de Mar revisa sus impuestos locales para el año 2027

El Ayuntamiento de Cabrera de Mar ajusta las ordenanzas de 2027 con una rebaja en el IBI, cambios en la gestión de vehículos históricos y precisiones técnicas en la plusvalía.

Los vecinos de Cabrera de Mar tienen por delante un repaso general a sus tributos municipales para el próximo ejercicio. El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado provisionalmente una serie de cambios en tres impuestos locales, el de Bienes Inmuebles, el de Vehículos de Tracción Mecánica y el de Plusvalía, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027 si nadie presenta alegaciones durante el periodo de exposición pública.

Datos clave

Plazo
30 días hábiles
IBI
Tipo de gravamen baja al 0,972%
En vigor
1 de enero de 2027
Vehículos
Bonificación histórica con permiso

El cambio más notable afecta al bolsillo de los propietarios de inmuebles urbanos. El tipo de gravamen, que actualmente se sitúa en el 1,046 por ciento, bajará hasta el 0,972 por ciento. Se trata de un ajuste directo en la base de cálculo de este impuesto que el consistorio ha formalizado en su última sesión plenaria.

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica también presenta novedades. La ordenanza cambia su numeración, pasando a ser la 2.02, y se simplifica el trámite para las bonificaciones de vehículos históricos: a partir de ahora, bastará con presentar el permiso de circulación para acreditar su carácter histórico, eliminando la necesidad de aportar certificados adicionales de la Generalitat.

Finalmente, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía, ajusta sus términos técnicos para adaptarse a la normativa vigente desde 2021, sustituyendo los antiguos porcentajes anuales por coeficientes. Además, se aclaran las fechas de referencia para las transmisiones en subastas, distinguiendo ahora claramente entre las judiciales y las administrativas para evitar dudas en el cálculo de la cuota.

Cualquier interesado dispone ahora de 30 días hábiles para examinar el expediente completo en las oficinas municipales o en el tablón de anuncios. Si durante este plazo no se presenta ninguna reclamación, los acuerdos quedarán aprobados de forma automática y definitiva sin necesidad de volver a pasar por el Pleno.

Los cambios son oficiales.

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