Calendario de pago para los mercats de Cornellà: fechas y plazos 2026
Los titulares de puestos en los mercados de Cornellà tienen el calendario de pagos del segundo semestre fijado. Te detallamos las fechas para los recibos y el plazo límite para evitar recargos.
Si tienes una parada o prestas servicios en los mercados municipales de Cornellà, toma nota porque ya está en marcha el calendario de pagos para el segundo semestre de 2026. La administración local ha aprobado el padrón fiscal correspondiente, un paso administrativo que activa la cuenta atrás para el cumplimiento de esta obligación tributaria.
Datos clave
- Plazo
- Hasta el 2 de diciembre de 2026
- Fechas pago
- 30 de septiembre, 30 de octubre y 30 de noviembre
- Recurso
- Reposición en 1 mes
El periodo de pago voluntario se abre el próximo 25 de septiembre y se extenderá hasta el 2 de diciembre, ambos días incluidos. Durante estos meses, los recibos se cargarán en las cuentas bancarias de los contribuyentes según la modalidad elegida. Aquellos que tengan el pago fraccionado verán los cargos repartidos en tres fechas clave: el 30 de septiembre, el 30 de octubre y el 30 de noviembre de 2026.
Para quienes no hayan solicitado el fraccionamiento, el cargo único se realizará el 2 de diciembre. Si prefieres abonar el importe directamente en una entidad bancaria, podrás hacerlo en cualquiera de los bancos o cajas operativos en Cornellà, siempre que no tengas el recibo domiciliado.
El padrón estará expuesto al público en el departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento. Cualquier interesado podrá consultar el expediente, respetando siempre la normativa de protección de datos, durante un plazo de 20 días naturales que comenzó a contar diez días antes del inicio del periodo voluntario de pago.
Es importante recordar que, una vez finalizado el plazo del 2 de diciembre, cualquier pago pendiente entrará en fase de apremio. Esto conlleva la aplicación automática de los recargos legales, intereses de demora y las posibles costas adicionales que el proceso genere.
Contra esta aprobación, los contribuyentes tienen derecho a interponer un recurso de reposición. El plazo para presentarlo es de un mes, contado a partir del día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública del padrón.
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