Esparreguera renueva su plan de promoción interna para funcionarios
El Ayuntamiento de Esparreguera ha aprobado definitivamente la reforma de su plan de carrera profesional, fijando nuevas condiciones para los ascensos y la reserva de plazas.
El personal funcionario y laboral fijo de Esparreguera ya tiene nuevas reglas para su carrera profesional interna. El Ayuntamiento ha culminado el proceso de modificación del artículo 56 de su Plan de Ordenación Profesional, un cambio que llega tras desestimar las alegaciones presentadas en mayo por la sección sindical de UGT.
Datos clave
- Reserva de plazas
- 50% de la oferta pública de empleo
- Antigüedad mínima
- 2 años en la categoría inferior
- Recurso
- Contencioso administrativo en 2 meses
El texto, que entra en vigor tras su publicación definitiva, pone el foco en los ascensos entre categorías y subescalas. Para promocionar, los empleados deberán contar con al menos dos años de servicios efectivos en la categoría o subescala inmediatamente inferior, además de estar en posesión de la titulación exigida y superar las pruebas correspondientes.
Se incluyen novedades específicas para el personal administrativo. En concreto, los trabajadores de la subescala auxiliar (C2) que aspiren a la administrativa general (C1) podrán convalidar la titulación requerida si acreditan una antigüedad de diez años, o bien cinco años de servicio y la superación de un curso de formación con acceso por criterios objetivos.
La normativa refuerza que la promoción interna es un derecho orientado al progreso profesional y a la optimización de los recursos humanos existentes. El Ayuntamiento establece que la reserva de plazas para estos turnos internos será, por norma general, del 50 por ciento de las vacantes incluidas en la oferta pública de empleo.
El proceso también marca una regla de oro para evitar el aumento de la plantilla. Las plazas desde las que se acceda a la promoción interna se extinguirán automáticamente al consolidarse la nueva posición de categoría superior. Además, cualquier convocatoria deberá incluir, como mínimo, una plaza de acceso por turno libre.
El documento incorpora una nueva disposición adicional, la cuarta, que otorga al alcalde la potestad de dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo del plan. Esta facultad permite realizar adaptaciones o concreciones técnicas, siempre que no supongan una modificación sustancial de la norma, debiendo informar de ello al Pleno.
El camino para este cambio ha sido largo. Tras la aprobación inicial en abril, el expediente pasó por exposición pública durante treinta días y sobrevivió a las reclamaciones sindicales. Los trabajadores municipales ya conocen el marco definitivo bajo el que se desarrollarán sus futuros procesos de selección.
El Ayuntamiento ha dado carpetazo administrativo al asunto. Contra esta aprobación, los interesados pueden interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya en el plazo de dos meses.
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