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L'Espunyola estrena ordenanza para regular todas sus subvenciones

El Ayuntamiento de l'Espunyola ha aprobado su nueva normativa para repartir fondos públicos. Este documento regula el proceso para solicitar, justificar y, si procede, devolver cualquier tipo de ayuda municipal.

El Ajuntament de l'Espunyola cuenta desde esta semana con una nueva guía para el reparto de sus fondos públicos. El pleno municipal ha ratificado definitivamente su Ordenança General de Subvencions, el documento técnico que establece las reglas del juego para cualquier ayuda, premio o aportación económica que salga de las arcas locales.

Datos clave

En vigor
Desde la publicación de este anuncio
Adaptación bases
Máximo 2 años
Ofertas obra
3 ofertas si supera 30.000 €
Ofertas servicios
3 ofertas si supera 12.000 €
Prescripción
4 años para reclamaciones

La normativa, que ya es oficial tras publicarse sin alegaciones, marca el terreno para ciudadanos, asociaciones y empresas. El texto detalla desde cómo presentar una solicitud hasta la forma en que los técnicos municipales fiscalizarán que el dinero se use para lo que se pidió. Es el fin de la improvisación en el papeleo.

La ordenanza distingue entre el procedimiento ordinario, basado en la concurrencia competitiva, y la concesión directa, reservada para casos excepcionales o nominativos. También regula las figuras de las entidades colaboradoras y las obligaciones de quienes resulten beneficiarios, como la justificación obligatoria de los gastos y el mantenimiento de las condiciones que motivaron la ayuda.

Para justificar las facturas, se establecen límites claros. Por ejemplo, los proyectos que superen los 30.000 euros en obra o los 12.000 euros en servicios de consultoría deberán acreditar al menos tres ofertas de diferentes proveedores. El objetivo es garantizar la transparencia y la eficiencia en el gasto.

La nueva norma también pone coto a los excesos. Si una subvención se recibe por duplicado o supera el coste real de la actividad financiada, el perceptor estará obligado a devolver la diferencia. Además, se detallan los supuestos de reintegro y los plazos de prescripción de cuatro años para las posibles reclamaciones de la administración.

Esta ordenanza es de aplicación inmediata tras su publicación. Las bases específicas de cada ayuda futura deberán adaptarse a este marco común en un plazo máximo de dos años. Todo está ya por escrito.

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