Las nuevas reglas para los pisos municipales de Montesquiu
Montesquiu actualiza los requisitos para acceder a sus seis pisos de la Plaça de la República. El nuevo reglamento fija topes de ingresos y prohíbe las mascotas.
Montesquiu acaba de blindar las normas para acceder a los seis pisos de alquiler municipal de la Plaça de la República. El reglamento, que ya está vigente, introduce cambios claros: si quieres optar a uno de estos hogares, olvídate de tener animales de compañía, salvo que sean perros guía. Es la condición nueva que marca la diferencia en este parque de vivienda pública.
Datos clave
- Ingresos máximos
- Hasta 78.402,95 € para 4 o más miembros
- Ingresos mínimos
- De 19.016,80 € a 20.416,80 € anuales
- Prohibición
- Animales de compañía, salvo perros guía
- Duración contrato
- 7 años prorrogables
El documento establece los topes de ingresos máximos y los mínimos requeridos. Para los ingresos máximos, se toma como referencia 5,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC). En 2026, esto significa que una unidad de convivencia de un solo miembro no debe superar los 70.562,65 €, mientras que para cuatro o más miembros el límite asciende a 78.402,95 €.
Por otro lado, existen ingresos mínimos necesarios para garantizar la solvencia del alquiler, que incluye la tasa de residuos. Estos importes varían según el piso: los del primer piso requieren un mínimo de 19.016,80 € o 20.416,80 €, dependiendo del inmueble, mientras que para el resto de plantas la cifra se sitúa en 19.816,80 € anuales.
Los aspirantes deben estar empadronados preferentemente en Montesquiu, aunque el reglamento contempla demandas en el Bisaura o el resto de Osona. Es vital llevar al menos 12 meses continuos de empadronamiento en los últimos 5 años para ganar puntos, hasta un máximo de 10 extras por antigüedad.
El sistema de adjudicación es estricto. La puntuación evalúa la situación laboral, la composición familiar y el aumento de la fianza. Quienes decidan aportar dos mensualidades extra de fianza sumarán 6 puntos directos en su baremo.
Hay un régimen sancionador detallado. Tener mascotas supone una infracción, y las multas oscilan entre los 50 y los 1.500 euros según la gravedad de la falta. El impago del alquiler es causa directa de expulsión.
Todo está ya en vigor.
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