Montseny·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Baja en el padrón de Montseny para un vecino no residente

El Ayuntamiento de Montseny notifica por edicto la propuesta de baja en el padrón para una persona que no reside efectivamente en el municipio, abriendo un plazo de alegaciones.

El Ayuntamiento de Montseny ha iniciado un expediente para dar de baja a una persona de su padrón municipal. El motivo es que la administración considera que la inscripción es indebida, al no constar que la persona resida de forma efectiva en el municipio.

Datos clave

Plazo
15 días hábiles hasta el 4 de agosto de 2026
Qué hacer
Presentar alegaciones o pruebas de residencia

La ley exige estar empadronado donde se vive realmente. Tras varios intentos fallidos de notificar a la persona interesada en su domicilio, el consistorio ha optado por publicar este edicto oficial para asegurar que el mensaje llegue a su destinatario.

El afectado dispone de un plazo de 15 días hábiles para presentar sus alegaciones ante esta resolución. Es un trámite administrativo necesario para garantizar que el registro municipal refleje la realidad poblacional.

Si no está de acuerdo con esta baja, puede aportar documentos o pruebas que demuestren su residencia habitual en la localidad. El expediente sigue su curso legal.

Si la baja se confirma, la persona deberá inscribirse en el padrón del municipio donde realmente viva. Las notificaciones oficiales no esperan.

El plazo expira el 4 de agosto de 2026.

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