Navarcles aprueba el padrón de la escuela bressol para noviembre
Ver las 229 ayudas abiertas en la Provincia de Barcelona →El Ayuntamiento de Navarcles fija en 4.575,00 euros el padrón del servicio escolar para noviembre. Te explicamos los plazos de cargo bancario y cómo evitar recargos por impago.
Las familias con niños en la escuela bressol de Navarcles ya tienen sobre la mesa el recibo correspondiente al mes de noviembre. El padrón fiscal que regula esta tasa acaba de recibir luz verde por decreto de alcaldía, fijando la recaudación total para este periodo en 4.575,00 euros.
Datos clave
- Importe total
- 4.575,00 €
- Plazo pago
- 5 de noviembre a 5 de enero
- Cargo bancario
- 10 de noviembre
- Consulta
- 20 días en el tablón municipal
Este documento, que ya está expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, marca el inicio de la cuenta atrás para el abono de la tasa. Si eres uno de los usuarios del servicio, el cargo bancario se hará efectivo el próximo 10 de noviembre.
El periodo de pago en voluntaria se extiende durante dos meses: desde el 5 de noviembre de 2026 hasta el 5 de enero de 2027. La domiciliación bancaria es la vía preferente para realizar este trámite sin sobresaltos.
Si prefieres realizar el ingreso de otra forma, una vez pasada la fecha del cargo bancario, podrás acudir directamente a las oficinas municipales para liquidar el importe correspondiente.
Es fundamental atender a estos plazos. Una vez finalizado el periodo voluntario, las cantidades pendientes entrarán en la vía ejecutiva de la Diputació de Barcelona, lo que conlleva recargos de apremio e intereses de demora.
Si detectas algún error en tu cuota, el plazo para presentar un recurso de reposición ante la alcaldesa, Alba Pérez, se abre justo después de que terminen los 20 días de exposición pública del padrón.
Las ausencias de pagos se complican.
Si necesitas revisar tu expediente, puedes acudir al Ayuntamiento durante el periodo de exposición pública, siempre respetando la protección de datos personales. Transcurrido el plazo de un mes desde un posible recurso sin respuesta, se entenderá desestimado por silencio administrativo, dejando la vía abierta al contencioso.
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