Sant Celoni prepara su IBI para 2027: consulta las nuevas bonificaciones
El Ayuntamiento de Sant Celoni abre el periodo de exposición pública para la modificación del IBI. Te detallamos las claves de las nuevas bonificaciones y los tipos impositivos que entrarán en vigor el próximo año.
Los vecinos y propietarios de inmuebles en Sant Celoni están llamados a revisar las nuevas reglas del juego para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Ayuntamiento ha aprobado provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal número 1, que regirá el tributo durante el ejercicio de 2027. La medida se encuentra ahora en periodo de información pública, un trámite imprescindible antes de que se convierta en definitiva.
Datos clave
- Plazo
- 30 días hábiles para presentar alegaciones
- Tipo impositivo
- 0,896% para bienes urbanos
- Bonificaciones
- 20% a 40% para familias numerosas
- Eficiencia
- 40%, 30% y 20% por autoconsumo solar
- En vigor
- 1 de enero de 2027
El documento completo detalla desde los sujetos pasivos hasta los tipos impositivos aplicables, que para bienes urbanos en general se fijan en un 0,896 por ciento. Esta cifra aumenta hasta el 1,23 por ciento para ciertos usos específicos, como oficinas, locales comerciales, espectáculos, ocio, hostelería o usos industriales, siempre que superen un valor catastral mínimo que va desde los 125.000 euros hasta 1.100.000 euros, dependiendo de la categoría.
La normativa incorpora un abanico de beneficios fiscales. Las familias numerosas empadronadas en el municipio pueden solicitar bonificaciones de entre el 20 y el 40 por ciento de la cuota, con mínimos garantizados de 106, 145 o 177 euros según el número de hijos, siempre que la renta de la unidad familiar no supere los 35.000 euros y cumplan otros requisitos de patrimonio.
También hay espacio para la eficiencia energética. Los inmuebles con instalaciones de autoconsumo fotovoltaico o térmico solar pueden beneficiarse de deducciones en la cuota íntegra durante tres años, con porcentajes del 40, 30 y 20 por ciento respectivamente. Estas ayudas tienen carácter rogado, lo que significa que deben solicitarse expresamente antes de que la liquidación adquiera firmeza.
El texto también regula bonificaciones del 95 por ciento para bienes rústicos de cooperativas agrarias y para actividades de alquiler social declaradas de especial interés. Para los propietarios de viviendas de protección oficial, la rebaja es del 50 por ciento durante tres años desde la calificación definitiva.
Cualquier interesado tiene ahora un plazo de 30 días hábiles para examinar el expediente y presentar las reclamaciones que considere oportunas. Si durante este tiempo no se registran alegaciones, el acuerdo provisional quedará automáticamente aprobado de forma definitiva.
La ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
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