Santpedor·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

El nuevo reglamento de agua de Santpedor ya es oficial

El Ayuntamiento de Santpedor ha aprobado el reglamento municipal de agua. La norma detalla las obligaciones de los abonados, el régimen sancionador y el protocolo para futuras inspecciones técnicas.

Los vecinos de Santpedor ya tienen nuevo reglamento para el suministro de agua potable. Tras completar el periodo de información pública sin recibir ni una sola reclamación, el Ayuntamiento ha elevado a definitiva esta nueva norma, que entra en vigor tras los quince días hábiles posteriores a su publicación en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona.

Datos clave

En vigor
15 días hábiles tras su publicación
Presión mínima
1,5 kg/cm2
Multas
Entre 750 € y 3.000 €
Facturación
Trimestral

El documento, que consta de cien artículos, no es una lectura ligera, pero sí necesaria para entender quién hace qué cuando abres el grifo. La norma aclara desde quién es el responsable de mantener la red hasta cómo se deben gestionar las fugas ocultas o los cambios de titularidad. La presión mínima garantizada en el punto de entrega queda fijada en 1,5 kg/cm2, y será responsabilidad del abonado instalar reguladores si su instalación interior exige condiciones distintas.

El régimen sancionador se endurece según la gravedad de la infracción, estableciendo multas que oscilan entre los 750 euros para las infracciones leves, hasta los 3.000 euros para las consideradas muy graves. Entre las conductas prohibidas, destacan la manipulación de precintos, la reventa de agua a terceros o el uso fraudulento mediante derivaciones no autorizadas. En caso de fraude, el gestor del servicio podrá reclamar los daños y, si la situación es constitutiva de delito, elevar el caso a la jurisdicción penal.

El nuevo reglamento también regula situaciones específicas, como el suministro contra incendios, que exige precintos especiales y prohíbe cualquier uso ajeno a una emergencia. Además, se establece que el personal inspector del servicio tiene facultad para acceder a las instalaciones interiores para verificar anomalías, siempre que se trate de horas hábiles o de relación normal con el exterior.

La normativa incluye una disposición transitoria sobre los contadores. Mientras los actuales aparatos no sean sustituidos por los nuevos modelos propiedad de la empresa gestora, el usuario conservará la propiedad del suyo. Una vez llegue el momento del cambio, el antiguo equipo quedará a disposición del usuario durante un tiempo prudencial antes de que la empresa proceda a su destrucción.

En cuanto a la facturación, el sistema permite la lectura mediante telelectura o presencial, estableciendo, por norma general, un periodo de facturación trimestral. Los consumos estimados tendrán carácter de cuenta a regularizar en cuanto se disponga de una lectura real, eliminando así las dudas sobre los cobros erróneos a largo plazo.

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