Las cuentas de Sitges se retocan: ajustes en siete expedientes
El Ayuntamiento formaliza siete modificaciones presupuestarias tras cerrar su periodo de exposición pública. Descubre el nuevo balance de ingresos y gastos.
Los vecinos de Sitges pueden consultar desde esta semana el estado definitivo de las arcas municipales tras la aprobación de siete modificaciones presupuestarias, que van desde créditos extraordinarios hasta suplementos de crédito. El pleno de la corporación dio luz verde inicial a estos cambios el pasado 29 de abril y, tras transcurrir el periodo de exposición pública sin recibir reclamación alguna, las cifras quedan ahora consolidadas.
Datos clave
- Ingresos totales
- 91.262.566,84 €
- Gastos totales
- 88.314.400,42 €
- Plazo recurso
- 2 meses ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya
- Impuestos directos
- 28.110.600 €
- Gastos personal
- 23.999.832,11 €
El documento publicado detalla un presupuesto equilibrado y actualizado que sitúa los ingresos totales en 91.262.566,84 euros. La mayor parte de esta recaudación proviene de los impuestos directos, que aportan 28.110.600 euros, seguidos por la partida de activos financieros, con 26.654.363,15 euros, y los ingresos corrientes por impuestos indirectos y tasas, que suman algo más de 11 millones.
En cuanto a los gastos, el Ayuntamiento de Sitges establece un desembolso total de 88.314.400,42 euros. El capítulo más abultado es el de gastos corrientes en bienes y servicios, que asciende a 34.231.732,62 euros, seguido por los costes de personal, que suman 23.999.832,11 euros, y las inversiones reales, que alcanzan los 21.953.798,71 euros.
El resto de partidas menores incluye 7.671.464,79 euros para transferencias corrientes, 193.172,19 euros para transferencias de capital, y cantidades más reducidas destinadas a gastos financieros, fondos de contingencia y otros imprevistos por valor de 100.000 euros, además de otra partida de 100.000 euros para activos financieros.
Este trámite, firmado por la alcaldesa Aurora Carbonell Abella, agota la vía administrativa. Quien desee impugnar esta disposición dispone ahora de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.
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