Reajuste de competencias en el gobierno municipal de Vilanova
El Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú reorganiza las competencias de su equipo de gobierno. El decreto detalla qué áreas gestiona cada regidor y qué funciones se reserva el Alcalde.
El organigrama del equipo de gobierno en Vilanova i la Geltrú ha quedado reajustado. Tras detectar errores en un decreto previo del pasado mes de mayo, la Alcaldía ha publicado un nuevo documento que aclara y delega competencias específicas para cada regidor, asegurando que la estructura ejecutiva sea operativa desde este mes de julio de 2026.
Datos clave
- Delegación
- Carácter indefinido
- Áreas repartidas
- 11 regidores con atribuciones
- Recurso reposición
- 1 mes desde su publicación
- Recurso contencioso
- 2 meses desde su publicación
La norma es clara: delegar no implica renunciar. El Alcalde mantiene la titularidad de las competencias, aunque transfiere el ejercicio efectivo a los distintos miembros del gobierno para agilizar la gestión diaria. Si un regidor no puede ejercer su función, el Alcalde asume automáticamente sus responsabilidades de forma directa.
Las áreas de gestión han sido repartidas entre los once regidores que componen el equipo. Gerard Llobet Sánchez lidera el bloque de urbanismo, obras y movilidad, mientras que Iolanda Sánchez Alcaraz se encarga de participación, vivienda y emergencia climática. Por su parte, Anna Ribera i Cos gestiona la proyección de ciudad y empresa, y Alfredo Villa Celdrán asume hacienda y gestión del talento.
El resto del equipo se divide las áreas restantes: Eva Bolaño Creus, cultura y mercados; Gisela Vargas Reyes, acción social y salud pública; Miguel Ángel Iglesias Montouto, deportes; Rosalía Márquez Rasero, educación; Quim-Fèlix Ruiz Collado, innovación; Míriam Pérez González, ocupación y administración electrónica; y Salvador López Morales, civismo y juventud.
Hay facultades que no se pueden delegar bajo ninguna circunstancia. El Alcalde se reserva en exclusiva la convocatoria de plenos, la dirección superior de personal y la concertación de operaciones de crédito, entre otras atribuciones clave. Estas funciones son indelegables.
Cada uno de estos regidores tiene ahora potestad para firmar documentos de trámite, proponer acuerdos y dictar resoluciones en sus respectivos ámbitos. La resolución también detalla que cualquier documento emitido en ejercicio de estas facultades llevará el nombre del regidor delegado, facilitando la transparencia.
El decreto entra en vigor con carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación que el Alcalde conserva. Si necesitas presentar un recurso contra este acuerdo, tienes un mes para el de reposición o dos meses para el contencioso-administrativo.
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