Vilassar de Dalt·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Can Banús: aprobado el padrón de servicios deportivos de septiembre

El Ayuntamiento de Vilassar de Dalt ha dado luz verde al padrón de los servicios deportivos de Can Banús para este mes. El periodo de pago voluntario ya está abierto.

Si haces uso de las instalaciones del polideportivo Can Banús, ya sabrás que septiembre trae consigo el recibo habitual. El Ayuntamiento de Vilassar de Dalt ha formalizado el padrón fiscal correspondiente a los servicios deportivos de este mes, fijando la recaudación total en 24.367,00 euros. Esta cifra ya está disponible para su consulta pública.

Datos clave

Importe total
24.367,00 €
Plazo pago
Hasta el 5 de noviembre de 2026
Consulta
Oficina de Atención Ciudadana
Exposición pública
20 días hábiles

El padrón ha quedado expuesto en la Oficina de Atención Ciudadana, situada en la Plaça de la República Catalana, 2. Si tienes alguna duda sobre la liquidación que te corresponde, puedes acudir presencialmente de lunes a viernes, entre las 09:00 y las 14:00 horas, excluyendo los festivos.

Este periodo de exposición pública se mantendrá abierto durante 20 días hábiles. Es el plazo que marca la normativa para que cualquier persona interesada pueda revisar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones que considere oportunas.

El trámite es sencillo.

La recaudación en periodo voluntario ya está en marcha. El plazo para realizar el pago comenzó el 5 de septiembre y se extenderá hasta el 5 de noviembre de 2026. Si tienes el recibo domiciliado, el cargo bancario se efectúa desde el mismo 5 de septiembre.

Una vez superada la fecha límite de noviembre, las deudas pendientes pasarán a la vía ejecutiva. Llegar a ese punto supondrá la aplicación de los recargos de apremio, los intereses de demora y las costas correspondientes que establece el reglamento de recaudación.

Si decides presentar un recurso de reposición contra la liquidación, dispones de un mes de plazo tras finalizar la exposición pública. Si el Ayuntamiento no responde en el mes siguiente a su presentación, el recurso se considerará desestimado por silencio administrativo y se abrirá la vía contenciosa ante los juzgados de la provincia de Barcelona.

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