Cambios de titularidad en los cementerios de Calonge de Segarra
El Ayuntamiento abre un periodo de 15 días para alegar ante la veintena de traspasos de derechos funerarios solicitados en los distintos cementerios del municipio.
Si tienes relación con alguno de los cementerios de Calonge de Segarra, debes saber que el Ayuntamiento ha iniciado el proceso para formalizar el cambio de titularidad de 20 nínxols repartidos por sus distintos camposantos. Se trata de un movimiento rutinario para regularizar la transmisión de derechos funerarios que, tras el periodo de exposición pública, pasará a ser definitivo a favor de las personas solicitantes.
Datos clave
- Plazo
- 15 días hábiles a partir de mañana para presentar alegaciones
- Qué hacer
- Consultar expedientes en las dependencias municipales
- Qué cambia
- Titularidad de 20 nichos en cementerios del municipio
El listado de cambios afecta a los cementerios de Sant Pere de l’Arç, Calonge de Segarra, Mirambell, Aleny y Dusfort. En el primero, el nínxol número 7 pasa del titular PGG a AGS. En el cementerio de Calonge de Segarra, los nínxols 34, 35 y 36 cambian de JNG a INM.
La mayor parte de las solicitudes se concentran en Mirambell, donde los nínxols del 9 al 15 cambian su titularidad de JST a FPD. En Aleny, los nínxols 13, 14 y 15 pasan de ARC a TRM, mientras que los números 16, 17 y 18 pasan de ARC a ARM. Finalmente, en el cementerio de Dusfort, los nínxols 7, 8 y 9 cambian de JMF a TML.
Como es habitual en estos trámites, el Ayuntamiento mantiene los expedientes a disposición de cualquier interesado en sus dependencias municipales durante el horario de atención al público. Si alguien considera que tiene algún derecho legítimo que reclamar sobre estos movimientos, dispone de un plazo de 15 días hábiles a partir de mañana para presentar las alegaciones oportunas.
Una vez transcurrido este plazo sin que se hayan presentado reclamaciones, el cambio de nombre quedará formalizado automáticamente. El alcalde, Xavier Nadal Masana, ha ratificado esta resolución para proceder al ordenamiento de los registros funerarios del municipio, evitando así desfases en la titularidad de los espacios.
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