Consejo Comarcal del Alt Penedès·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Ayudas de transporte para personas con movilidad en el Alt Penedès

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El Consell Comarcal del Alt Penedès aprueba las bases para financiar el transporte adaptado de personas con discapacidad o movilidad reducida. Estos son los requisitos y el tipo de centros subvencionables.

Si vives en alguno de los 27 municipios del Alt Penedès y necesitas ayuda para desplazarte a un centro de servicios sociales, el Consell Comarcal ha marcado las reglas del juego. Las nuevas bases reguladoras para el transporte adaptado ya son públicas y definen quién puede optar a estas subvenciones y qué condiciones debe cumplir.

Datos clave

Beneficiario
Personas con movilidad reducida o discapacidad (+33%) en el Alt Penedès
Qué cubre
Transporte puerta a puerta a servicios sociales especializados
Exclusiones
Servicios sanitarios, de ocio, escolares y ayudas inferiores a 50 €
Cómo solicitar
Portal de Tràmits del CCAP o registro presencial con cita previa

Los beneficiarios pueden ser personas mayores de 18 años empadronadas en la comarca con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, siempre que el certificado indique expresamente la necesidad de apoyo de otra persona o el baremo de movilidad reducida. También se incluye a mayores de 65 años que, sin certificado de discapacidad, acrediten mediante informe médico problemas de movilidad que requieran dispositivos técnicos o acompañamiento, o bien padezcan trastornos cognitivos que impidan el uso de transporte ordinario.

La ayuda está pensada exclusivamente para facilitar el traslado a servicios sociales especializados de la red pública, quedando expresamente fuera otros desplazamientos como los sanitarios, los de rehabilitación, las actividades de ocio o el transporte escolar. El servicio debe ser puerta a puerta y se computará un máximo de 45 semanas anuales, excluyendo periodos vacacionales salvo justificación específica.

El importe de la subvención no es una cantidad fija, sino que se determinará en cada convocatoria pública según la valoración de los ingresos per cápita de la persona solicitante en relación con el Indicador de Renda de Suficiència de Catalunya (IRSC). En el caso de personas mayores de 65 años sin ingresos propios, se computará el 50 por ciento de los ingresos de su cónyuge.

Las solicitudes se tramitarán preferentemente por vía electrónica a través del Portal de Tràmits del Consell Comarcal. Aquellos que carezcan de medios digitales deberán solicitar cita previa para realizar el registro presencial en la Oficina d'Atenció Ciutadana. El plazo de presentación se fijará en la correspondiente convocatoria que se publicará próximamente.

El Consell Comarcal del Alt Penedès se reserva el derecho de comprobar en cualquier momento la veracidad de los datos. La inexactitud o falsedad en los documentos presentados conlleva la inadmisión inmediata del expediente o la revocación del beneficio si se detecta tras la concesión.

La resolución definitiva será emitida por la Junta de Gobierno en un plazo máximo de tres meses tras el cierre de cada convocatoria. Una vez concedida, el pago se realizará directamente a las personas beneficiarias mediante transferencia bancaria tras la correspondiente justificación de gastos.

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