Espacios electorales en Barcelona y su zona de influencia
La Junta Electoral de Zona de Barcelona detalla los locales y espacios públicos disponibles para la campaña de las próximas Elecciones Generales. Conoce qué plazas y centros se han habilitado en los distintos distritos.
La Junta Electoral de Zona de Barcelona ha publicado la lista definitiva de locales y espacios públicos que estarán a disposición de las formaciones políticas para realizar actos de campaña en los distritos de la capital y en los municipios de Badalona, Sant Adrià de Besòs y Santa Coloma de Gramenet. Estos espacios son de uso gratuito para los partidos que concurren a las próximas Elecciones Generales del 29 de noviembre de 2026.
Datos clave
- Fecha electoral
- 29 de noviembre de 2026
- Ubicaciones
- Barcelona, Badalona, Sant Adrià de Besòs y Santa Coloma de Gramenet
- Cómo consultar
- Sede electrónica de la Diputació de Barcelona
La relación de lugares es minuciosa y detalla, para cada equipamiento, la disponibilidad horaria y el aforo máximo permitido. Por ejemplo, en Badalona se han habilitado centros cívicos como Can Cabanyes, La Salut y Can Canyadó, además de instalaciones deportivas como el Poliesportiu Llefià y espacios abiertos como el Parc de Can Solei. En este último, la normativa es estricta: los actos no deben superar los 500 asistentes y la conexión eléctrica tiene un tope de 5 KW.
La lista para Barcelona capital ocupa la mayor parte del edicto, desglosando los espacios por distritos y días concretos. En Ciutat Vella, plazas como la de la Barceloneta, el Rei, la Mercè, Vicenç Martorell, Blanquerna, Sant Agustí, Comercial o Joan Capri, junto a la Rambla del Raval y el Passeig de Lluís Companys, figuran con horarios que generalmente van de 10:00 a 21:00 horas.
En el Eixample, los actos se podrán celebrar en centros cívicos como Golferichs, Sagrada Família, Cotxeres Borrell, Ateneu Fort Pienc, Casa Elizalde o en la Plaça Universitat. El documento también incluye el detalle para otros distritos como Sants-Montjuïc, Horta-Guinardó, Nou Barris y Sant Andreu, enumerando con precisión calles y plazas habilitadas.
El edicto es de obligado cumplimiento según el artículo 57.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Los partidos interesados en utilizar estos espacios deberán coordinar sus actos con las administraciones locales, teniendo en cuenta las condiciones específicas marcadas para los parques históricos y los espacios públicos. La relación completa, con el desglose día a día de cada ubicación, se puede consultar en la sede electrónica de la Diputació de Barcelona.
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