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Tagamanent·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Ayudas para libros y material escolar en Tagamanent: la convocatoria

El Ayuntamiento abre el plazo para solicitar las subvenciones del curso 2025-2026. Si tu unidad familiar atraviesa dificultades económicas, esto te interesa.

Si tienes hijos cursando educación infantil, primaria o secundaria en Tagamanent, el Ayuntamiento acaba de convocar las ayudas destinadas a sufragar los gastos de libros y material escolar para este curso 2025-2026. La medida busca apoyar a las familias que se encuentran en una situación de necesidad social o económica, y el plazo para presentar las solicitudes ya está en marcha.

Datos clave

Plazo solicitud
20 días hábiles desde el 26 de junio de 2026
Gasto deducible vivienda
Máximo de 750 € mensuales
Plazo subsanación
10 días hábiles tras la notificación
Dónde acudir
Oficina de atención al ciudadano (OAC) o Registro General

Para poder optar a estas subvenciones, el requisito principal es estar empadronado en el municipio, aunque existen excepciones debidamente justificadas mediante informe técnico, como en casos de personas acogidas en recursos de alojamiento institucional, transeúntes en situación de pobreza extrema o bajo programas de protección de testigos.

El sistema de concesión funciona bajo un régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que no se trata de una concesión directa, sino de una comparativa entre las solicitudes recibidas. La valoración final pondera en un 60 por ciento la situación económica de la unidad familiar y en un 40 por ciento los criterios sociales, tales como ser familia monoparental, familia numerosa, tener miembros con discapacidad o enfermedades crónicas, o estar bajo seguimiento de los servicios sociales.

Para determinar la elegibilidad económica, el Ayuntamiento considera los ingresos netos percibidos durante los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud, descontando los gastos de acceso a la vivienda, con un límite máximo de deducción mensual fijado en 750 €. La renta neta mensual disponible no debe superar el indicador de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) para el primer miembro, sumando un 0,3 del IRSC por cada miembro adicional.

Es imprescindible presentar el modelo de instancia normalizada, disponible en la Oficina de Atención al Ciudadano, junto con toda la documentación acreditativa. Entre los papeles requeridos se incluyen el DNI, libro de familia, recibo de alquiler o hipoteca, datos bancarios y, obligatoriamente, la declaración de la renta del año anterior o, en su defecto, los justificantes de ingresos de los últimos seis meses, incluyendo certificados de prestaciones o pensiones para casos de desempleo o jubilación.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el boletín. Si la documentación entregada está incompleta, el Ayuntamiento requerirá su subsanación, dando al interesado un plazo adicional de 10 días hábiles antes de considerar la solicitud como desistida.

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