Blanca Esther Barragán Alba, secretaria accidental en Ermua
El Ayuntamiento de Ermua formaliza un nombramiento de corta duración para cubrir la secretaría municipal durante el mes de junio.
La estructura administrativa del Ayuntamiento de Ermua ha contado con un movimiento temporal necesario para garantizar la continuidad en las tareas de secretaría. Blanca Esther Barragán Alba ha sido la persona designada para ocupar este puesto de manera accidental, una figura que la legislación permite cuando el titular se encuentra ausente por causas como vacaciones o incapacidad temporal.
Datos clave
- Persona nombrada
- Blanca Esther Barragán Alba
- Periodo
- Del 15 al 20 de junio de 2026
El nombramiento, que ya ha sido ratificado por la Dirección General de Relaciones Municipales de la Diputación Foral de Bizkaia, ha tenido una vigencia muy concreta: se extendió desde el 15 hasta el 20 de junio de 2026. Esta fórmula asegura que los expedientes y trámites municipales sigan su curso ordinario sin interrupciones durante esos días.
Para poder asumir estas funciones, la normativa exige que el personal designado cumpla con una preparación técnica adecuada y, al tratarse de un municipio de más de 5.000 habitantes, posea una titulación universitaria y pertenezca al subgrupo A1 de la escala funcionarial. La resolución confirma que el expediente de Barragán Alba cumplía con todos los requisitos establecidos en el Real Decreto 128/2018 para su designación.
Este tipo de nombramientos son puramente instrumentales y tienen carácter transitorio. Según consta en el documento oficial, el cese de estas funciones puede producirse en cualquier momento, bien a instancia de la propia interesada, por decisión de la Corporación local o de forma automática en cuanto el puesto pueda cubrirse mediante los procedimientos ordinarios de selección previstos por la ley.
La resolución ya es firme y pone fin a la vía administrativa, aunque la administración interesada y la propia afectada disponen de los plazos legales habituales, de uno a dos meses según el tipo de recurso, para presentar alegaciones si lo considerasen necesario ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
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