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Ayuntamiento de Alonsotegi·Boletín Bien de Bizkaia,

Alonsotegi estrena ordenanza para convertir locales en viviendas tasadas

Si tienes un bajo cerrado en el municipio, la nueva normativa municipal te marca los requisitos para darle uso residencial y qué cargas urbanísticas conlleva.

Los propietarios de locales en planta baja en Alonsotegi tienen desde esta semana una vía clara para transformar estos espacios en viviendas tasadas municipales. El Ayuntamiento ha publicado la aprobación definitiva de una nueva ordenanza que regula este cambio de uso, una medida pensada para revitalizar el casco urbano consolidado y dar una segunda vida a bajos comerciales o de garaje que lleven al menos dos años sin actividad.

Datos clave

Carga urbanística
30 € por cada metro cuadrado de superficie útil de la nueva vivienda.
Plazo regularización
1 año desde la entrada en vigor para legalizar obras sin licencia sin sanciones.
Requisito local
Debe llevar al menos 2 años sin actividad y estar en zonas aptas del anexo 1.
Uso permitido
Vivienda de protección pública en régimen tasado municipal; prohibido uso turístico.

Para que el cambio sea posible, el inmueble debe estar en una de las zonas aptas marcadas en el anexo gráfico de la nueva normativa. No se trata solo de abrir puertas y ventanas, ya que el proyecto debe respetar la estética del edificio original, asegurar condiciones de accesibilidad y habitabilidad, e incluso garantizar un aislamiento acústico adecuado si el nuevo domicilio colinda con actividades que puedan generar ruidos o humos, como talleres o almacenes.

La reconversión implica también un compromiso con el bolsillo y con la propia normativa de vivienda pública. El ayuntamiento establece una carga urbanística de 30 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de la nueva vivienda. Además, el inmueble resultante tendrá la calificación permanente de vivienda de protección pública en régimen tasado municipal, lo que significa que no podrá destinarse a uso turístico ni a segunda residencia: su ocupante debe empadronarse allí y convertirlo en su domicilio habitual.

Si ya habías hecho la obra sin licencia municipal, la ordenanza contempla una oportunidad de regularización. Durante el primer año desde la entrada en vigor, puedes solicitar la legalización sin que se impongan sanciones por la infracción cometida, aunque eso sí, deberás abonar las tasas y cargas urbanísticas correspondientes. Si el procedimiento sancionador ya estaba abierto antes de hoy, esta ventana de regularización no te será aplicable.

El proceso para cualquier interesado requiere presentar un proyecto técnico que detalle desde la insonorización hasta los planos de fachadas. Una vez obtenida la licencia de primera utilización, la vivienda quedará sujeta al derecho de tanteo y retracto por parte del ayuntamiento. Si estás pensando en dar el paso, el primer paso es revisar si tu local está dentro de las zonas marcadas en el anexo 1 de la ordenanza, ya que es el requisito fundamental para que el expediente no se quede en el camino.

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