Ayuntamiento de Bakio·Boletín Bien de Bizkaia,

Bakio actualiza su ordenanza de plusvalía y los tipos de gravamen

Bakio consolida su normativa sobre el impuesto de plusvalía municipal con el detalle de coeficientes y tipos aplicables. Conoce las exenciones vigentes y los plazos para presentar la declaración.

Si tienes una propiedad en Bakio, esta noticia te interesa. El Ayuntamiento ha publicado el texto completo de su ordenanza sobre la plusvalía municipal, el impuesto que graba el incremento de valor de los terrenos urbanos cuando se transmiten. Se trata de un documento técnico que, tras sus últimos ajustes, queda consolidado para el cálculo de este tributo en el municipio.

Datos clave

Tipo gravamen
15%
Bonificación
95% en vivienda habitual por fallecimiento
Plazo inter vivos
30 días hábiles
Plazo mortis causa
1 año

La normativa detalla los coeficientes que se aplicarán según el periodo de generación de ese incremento, que van desde el 0,16 para periodos inferiores a un año hasta el 0,35 si han pasado dos décadas o más desde la última transmisión. Estos multiplicadores son claves para determinar la base imponible.

El tipo de gravamen fijado en Bakio es del 15 por ciento. Sobre esa cifra final, existen bonificaciones del 95 por ciento para las transmisiones de la vivienda habitual por causa de muerte, siempre que el adquirente sea el cónyuge o descendientes y se cumplan estrictos requisitos de convivencia y mantenimiento de la vivienda.

Para gestionar el impuesto, el Ayuntamiento exige presentar una declaración en el plazo de 30 días hábiles para transmisiones entre vivos, o de un año si la causa es el fallecimiento. Es obligatorio adjuntar los documentos que acrediten la operación y la valoración del inmueble.

El documento aclara situaciones de no sujeción, como las transmisiones entre cónyuges por divorcio o la aportación de bienes a la sociedad conyugal. La transparencia es total.

La ordenanza entró en vigor tras su publicación oficial. Los coeficientes máximos se actualizarán anualmente según la normativa foral vigente. Si la actualización marca un límite legal inferior, se aplicará el valor más favorable al contribuyente.

En caso de discrepancia, cabe recurso contencioso-administrativo. Tienes un plazo de dos meses para interponerlo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desde la fecha de este anuncio.

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