Berriz ya tiene lista la normativa para dividir caseríos
Berriz ha aprobado la ordenanza que regula cómo dividir caseríos en suelo no urbanizable. Los propietarios que planeen una reforma ya conocen los requisitos de superficie, aparcamiento y estética que deberán cumplir.
Si tienes un caserío en suelo no urbanizable de Berriz y estás pensando en dividirlo para crear nuevas viviendas, las reglas del juego ya están claras. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la nueva ordenanza municipal que regula estos procesos, tras un periodo de exposición pública en el que no se han presentado reclamaciones.
Datos clave
- Superficie mínima
- 80 metros cuadrados útiles por vivienda
- Límite viviendas
- Máximo 4 en bifamiliares y 2 en unifamiliares
- Aparcamiento
- 2 plazas por cada vivienda resultante
- Tipo de obra
- Obra mayor con licencia municipal
La normativa busca modernizar el uso de estas edificaciones que, en muchos casos, han perdido su función agropecuaria original. Ahora, el texto permite duplicar el número de viviendas en los caseríos existentes, siempre con un tope máximo de cuatro viviendas en aquellos que ya partieran como edificios bifamiliares y dos en los unifamiliares.
Para que la división sea viable, cada nueva vivienda deberá contar con al menos 80 metros cuadrados útiles. Además, el Ayuntamiento exigirá que el edificio conserve su morfología y carácter original, prohibiendo expresamente las imitaciones o falsos historicismos. Los trabajos deberán ejecutarse garantizando la dotación mínima de dos plazas de aparcamiento por cada vivienda resultante.
La norma es especialmente estricta con el entorno. Se prohíbe el asfaltado o el hormigonado indiscriminado en el perímetro exterior, limitando estas actuaciones a materiales drenantes y con topes específicos en la superficie ocupada. Del mismo modo, los cierres de parcela deberán seguir criterios estéticos concretos, apostando por materiales como la piedra de la zona o la madera, y quedando desterradas las verjas metálicas o las alambradas de espino.
La tramitación de estas intervenciones se considerará una obra mayor. Esto implica que, además de la licencia correspondiente, los promotores deberán aportar la documentación técnica necesaria, incluyendo planos acotados y fotografías, y en los casos catalogados, será obligatorio contar con el informe favorable del área de Patrimonio de la Diputación Foral de Bizkaia.
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