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Ayuntamiento de Etxebarri·Boletín Bien de Bizkaia,

Etxebarri endurece los límites de ruido para los bares

La nueva ordenanza municipal establece topes de decibelios para los locales de hostelería y obliga a instalar limitadores de sonido para proteger a los vecinos.

Si tienes un bar en Etxebarri o eres de los que vive pared con pared con uno, esta semana el boletín trae cambios importantes. El Ayuntamiento ha aprobado la modificación de la ordenanza reguladora de actividades de hostelería, una normativa que busca poner orden en los niveles de ruido y las exigencias de aislamiento en los establecimientos de toda la localidad.

Datos clave

Aislamiento Grupos I-II
Mínimo de 65 decibelios frente a viviendas próximas.
Aislamiento Grupo III
Mínimo de 70 decibelios frente a viviendas próximas.
Aislamiento Grupo IV
Mínimo de 75 decibelios frente a viviendas próximas.
Tope emisión sonora
Entre 75 decibelios para grupos I y II y 100 decibelios para grupo IV.
Qué hacer
Instalar un limitador registrador de sonido en todos los establecimientos.

Los locales se han clasificado en cuatro grupos según su actividad, y cada uno deberá cumplir ahora unos niveles de aislamiento acústico frente a las viviendas más próximas. Los grupos I y II tienen fijado un mínimo de 65 decibelios, que sube a 70 para el grupo III y hasta los 75 decibelios para el grupo IV. Para garantizar que estos niveles sean reales, todos los establecimientos deberán instalar un limitador registrador de sonido que controle el volumen máximo permitido en el interior.

El tope de emisión sonora varía drásticamente según la categoría: desde los 75 decibelios de los grupos I y II hasta los 100 decibelios que se permiten para el grupo IV, siempre que el aislamiento lo justifique. Además, el local deberá exponer de forma permanente en un lugar visible tanto el aforo máximo autorizado como el horario de apertura y cierre oficial.

La normativa contempla un periodo de adaptación para los negocios que ya estaban funcionando. Aunque se toleran sus condiciones actuales de emplazamiento y estructura, cualquier modificación o incremento de actividad obligará al titular a adaptar el local a las nuevas exigencias de protección contra incendios, vibraciones y ruidos. Los locales que no alcancen los niveles de aislamiento exigidos deberán instalar limitadores anclados a valores específicos, con un máximo absoluto de 65 decibelios en ciertos casos.

Para los nuevos negocios, el trámite será más riguroso. Al solicitar la licencia de apertura, será obligatorio presentar un certificado final de obra visado, los resultados de los ensayos de aislamiento realizados por un laboratorio acreditado y el certificado de tarado de todos los equipos de emisión acústica, incluyendo televisiones e hilos musicales. La normativa también especifica que, tras presentar la documentación, se realizará una inspección técnica municipal antes de permitir la puesta en funcionamiento.

El cambio de titularidad del negocio no será una simple gestión de papel. Si se pretende traspasar el bar, el nuevo responsable deberá acreditar que cuenta con un limitador registrador instalado y, si el traspaso conlleva obras de insonorización, presentar los certificados acústicos correspondientes. En el caso de que el nuevo dueño quiera además cambiar el grupo de actividad del local, deberá tramitar una nueva licencia desde cero, cumpliendo toda la normativa vigente.

La aprobación es ya definitiva al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública. La entrada en vigor efectiva está ahora pendiente de completar el trámite legal de publicación, momento en el que empezarán a exigirse los nuevos estándares acústicos en cada rincón del Botxo y sus alrededores.

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